Res.Ex. N° 1331 - 01.06.2020 Modifica Resolución N°1154 de 2020, que amplio vigencia de resoluciones que autorizaron actividades de colecta de semillas en la Región de Los Lagos - Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura - Normativa - VLEX 915901181

Res.Ex. N° 1331 - 01.06.2020 Modifica Resolución N°1154 de 2020, que amplio vigencia de resoluciones que autorizaron actividades de colecta de semillas en la Región de Los Lagos

Número de resolución1331
Fecha de publicación03 Junio 2020
Año2020
Fecha01 Junio 2020
MunicipioLos Lagos
MateriaAcuicultura
MINISTERIO
DE
ECONOMÍAFOMENTO
Y
TURISMO
SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA
ACUI/
Memo
441/2020
Colectores
modifica
i
i
(.,
·-
'
~
--
MODIFICA
RESOLUCION
1154
de
2020,
QUE
AMPLIO
VIGENCIA
DE
RESOLUCIONES
QUE
AUTORIZARON
ACTIVIDADES
DE
COLECTA
DE
'
SEMILLAS
EN
LA
REGION
DE
LOS
LAGOS.
VALPARAíSO,
0 1
JUN
2020
·o
1331
R.
EXENTA
N
----------
VISTO:
Lo
informado por
la
División
de
Acuicultura
de
esta
Subsecretaría,
mediante Memorándum
(O.AC.)
441,
de
fecha
04
de
mayo
de
2020;
lo
dispuesto
en
el
D.F.L.
5,
de
1983;
la
Ley
General
de
Pesca
y Acuicultura
18.892
y
sus
modificaciones
cuyo
texto refundido coordinado y sistematizado
fue
fijado por
D.S.
430,
de
1991, del actual Ministerio
de
Economía,
Fomento y
Turismo;
los
D.S.
175
de
1980 y
297
de
2005,
ambos
del actual Ministerio
de
Economía,
Fomento y
Turismo;
las
Leyes
19.880 y
21.183;
la
Resolución
07
de
2019,
y
el
Oficio
3.610,
de
fecha
17
de
marzo
de
2020,
de
la
Contraloña
General
de
la
República;
los
D.S.
Nos
4,
6 y
10,
de
2020
y del Ministerio
de
Salud;
los
D.S.
Nos
104,
106 y
107,
de
2020
y del Ministerio del Interior y
Seguridad
Pública;
la
Resolución
1154
de
2020,
de
esta
Subsecretaría.
C O N S 1 D E R A N D
0:
1.-
Que
mediante
Resolución
1154
de
2020,
de
esta
Subsecretaría,
se
amplio
la
vigencia
de
las
resoluciones
que
en
ella
se
indicaron
hasta
el
30
de
septiembre
de
2020,
y
que
autorizaron a realizar actividades
de
colecta
de
semillas
en
la
región
de
los
Lagos,
fundada
en
fuerza
mayor constituida
por
los
efectos
de
la
pandemia
del
Coronavirus
COVID-19,
que
han
impedido
el
normal desarrollo
de
las
actividades.
2.-
Que
mediante Memorándum
(O.Ac)
441,
citado
en
Visto,
la
División
de
Acuicultura
de
esta
Subsecretaría,
solicita modificar
dicha
resolución por contener errores
de
tipeo y
la
omisión
de
una
resolución
que
es
necesario
incorporar.
RESUELVO:
1.- Modificase
el
numeral 1.-
de
la
Resolución
1154
de
2020,
de
esta
Subsecretaría,
que
amplió
la
vigencia
de
las
resoluciones
que
en
ella
se
indicaron
hasta
el
30
de
septiembre
de
2020,
y
que
autorizaron a realizar actividades
de
colecta
de
semillas
en
la
región
de
los
Lagos,
en
la
forma
que
a continuación
se
indica:
a)
Reemplázase
en
sus
numerales
10>,
11), 13),
14),
38), 39),
40), 41),
42),
43), 44), 45),
46), 48),
50>
y
51),
la
expresión
"de
2019°,
por
"de
2018°.
b)
Reemplázase
su
numeral 53), por lo siguiente:
"53) Resolución 3238
de
2019, de esta
Subsecretaría, cuyo
titular
es
Rafael Christian Soto
Leiva,
R.U.T.
12.714.105-3,
con
domicilio
en
Av.
Diego Portales N°860, oficina 302, Puerto Montt."
2.-
La
presente Resolución
es
sin perjuicio
de
las
autorizaciones o permisos que correspondan conferir a otras autoridades, de acuerdo a las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes o que
se
establezcan,
así
como también
de
la
vigencia y/o renovación
de
los permisos
de
escasa
importancia asociados a ellas, y que los habilita
a desarrollar las actividades señaladas
en
las resoluciones señaladas
en
el numeral anterior.
Asimismo,
es
sin perjuicio
de
la entrada
en
vigencia
de
las áreas de colecta fijadas
de
conformidad
con
la
Ley
21.183.
3.-
La
presente resolución podrá ser impugnada
por la interposición del recurso
de
reposición contemplado
en
el artículo 59
de
la Ley 19.880,
ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo
de
5
días
hábiles contados desde
la
respectiva
notificación, sin perjuicio de la aclaración del acto dispuesta
en
el artículo 62 del citado cuerpo
legal y de las demás acciones y recursos que procedan
de
conformidad con la normativa vigente.
4.-Transcríbase copia
de
la presente resolución a la
Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, a las Gobernaciones Marítimas
de
la
Región
de
Los
Lagos,
a la Dirección Zonal
de
Pesca
y Acuicultura
de
la Región
de
Los
Lagos,
al
Servicio Nacional
de
Pesca
y Acuicultura, y a
su
Dirección Regional
de
la Región
de
Los
Lagos.
5.-
Publíquese
de
conformidad con el artículo 174
de la Ley General
de
Pesca
y Acuicultura.
ANÓTESE,
COMUNÍQUESE
Y
PUBLÍQUESE
POR
CUENTA
DE
ESTA
SUBSECRETARÍA
EN
EXTRACTO
EN
EL
DIARIO
OFICIAL
Y A
TEXTO
ÍNTEGRO
EN
LOS
SITIOS
DE
DOMINIO
ELECJRÓNICO
DE
ESTA
SUBSECRETARÍA
Y
DEL
SERVICIO
NACIONAL
E
PESCA
Y
ACUICULTURA.
r·,r-
l f
l~P/CSB/dcm
/
1
REPÚBLICA
DE
CHILE
MINISTERIO
DE
ECONOMÍA,
FOMENTO
Y
TURISMO
SUBSECRETARÍA
DE
PESCA
Y
ACUICULTURA
CASILLA
100-
V
VALPARAÍSO
JA·
/
/
i
MODIFICA
RESOLUCION
1154
de
2020,
QUE
AMPLIO
PLAZO
QUE
INDICA
POR
CAUSA
DE
FUERZA
MAYOR
EN
MATERIA
DE
ACUICULTURA.
(EXTRACTO>
Por
Resolución
Exenta
1331
de
esta
Subsecretaría,-
modifica
resolución
que
indica,
en
la
forma
que
señala
la
resolución
extractada, y
publicada
íntegramente
en
los
sitios
de
dominio electrónico
de
esta
Subsecretaría
y
del
Servicio
Nacional
de
Pesca
y
Acuicultura.
Valparaíso,
O 1
JUN
2020

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