Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 41° – D.L. N° 3.063, Art. 24°. - Doctrina Administrativa - VLEX 524650830

Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 41° – D.L. N° 3.063, Art. 24°.

Fecha10 Agosto 2009
Número de sentencia2526
Normativa aplicadaRenta

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 41°D.L. N° 3.063, ART. 24°. (OFICIO N° 2.526, DE 10.08.2009)

Concepto de Capital Propio para efectos de la Patente Municipal – Determinación – El Servicio de Impuestos Internos, carece de competencia para interpretar el inciso final del artículo 24, del Decreto Ley 3.063, de 1979, y por consiguiente, no le es posible emitir un pronunciamiento acerca de la norma precitada, por cuanto ésta, constituye una norma particular que regula deducciones especiales para efectos de establecer el capital afecto al pago de contribución o patente municipal, y que no forma parte del concepto de capital propio a que se refiere el artículo 41 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

  1. - Se ha recibido en este Servicio Oficio Ord. del antecedente, mediante el cual señala que la Municipalidad de XXX ha solicitado a la Contraloría General de la República que emita un pronunciamiento respecto de la procedencia de deducir del capital propio de la sociedad YYYY (Chile) y Cia. Ltda., para los efectos de lo dispuesto en el inciso final del artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979 –sobre Rentas Municipales-, determinadas inversiones de esa empresa, considerando el valor tributario de las mismas.

    Agrega que la atención de la consulta de la especie supone determinar en forma previa la conformación del capital propio que debe ser considerado al efecto, concepto que integra la normativa sobre tributación fiscal interna, relativa a la Ley sobre Impuesto a la Renta, cuya interpretación corresponde exclusivamente a este Servicio, en conformidad con lo preceptuado en los artículos 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, y 6° del Código Tributario, y la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 45.255, de 2008, 22.978, de 2009.

    En razón de lo anterior, solicita a este Servicio que emita un informe fundado sobre lo consultado, en las materias de su competencia.

  2. - Sobre el particular cabe señalar en primer lugar que, el inciso tercero del artículo 24 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, establece que para los efectos de determinar el monto de la patente municipal, se entenderá por capital propio el inicial declarado por el contribuyente si se tratare de actividades nuevas, o el registrado en el balance terminado el 31 de diciembre inmediatamente anterior a la fecha en que deba...

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