Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 21°, Art. 33°, N°1 – Oficios N° 1299, de 2010 y N° 1042, de 2011. - Doctrina Administrativa - VLEX 536361106

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 21°, Art. 33°, N°1 – Oficios N° 1299, de 2010 y N° 1042, de 2011.

Fecha26 Septiembre 2014
Número de sentencia1720
Normativa aplicadaRenta

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 21°, ART. 33°, N°1 – OFICIOS N° 1299, DE 2010 Y N° 1042, DE 2011. (ORD. N°1720, DE 26.09.2014)

Tratamiento tributario aplicable a plan de Stock Option celebrado entre la empresa matriz extranjera de una filial chilena y un ejecutivo de esta última.

Se ha solicitado un pronunciamiento a este Servicio, sobre las implicancias tributarias en Chile de un plan de Stock Option celebrado entre la empresa matriz extranjera de una filial chilena y un ejecutivo de esta última.

  1. ANTECEDENTES.

    Señala que uno de sus clientes, un ejecutivo residente en Chile de una sociedad chilena, que tiene la calidad de filial de un grupo transnacional, desea confirmar los efectos que -desde la perspectiva de la Ley sobre Impuesto a la Renta ("LIR")- se producen al cumplirse una de las etapas de un plan de compensación económica asociada a la propiedad del grupo ("plan de stock option"), que fuera suscrito directamente entre el ejecutivo y la matriz extranjera del grupo, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que se señalan a continuación:

    • La sociedad matriz del grupo empresarial, una empresa domiciliada y residente en el extranjero y cuyas acciones se transan en el mercado bursátil de su país de origen ("la Matriz"), suscribió un plan de stock option, el cual no acompaña a su presentación, con uno de los ejecutivos de la filial chilena del grupo, una persona natural con domicilio en el país y que posee la calidad de trabajador dependiente de la filial chilena ("el Ejecutivo").

    • Dicho plan contemplaba una opción de compra de acciones de la Matriz que no era cesible a terceros. El plan de stock option fue directamente suscrito entre el Ejecutivo y la Matriz, sin que la filial chilena tuviese participación en la negociación ni en la suscripción de dicho plan, ni adquiriese formalmente derechos u obligaciones al respecto.

    • Habiendo transcurrido el plazo contemplado en dicho plan para que se pudiese ejercer la opción de compra de las acciones de la Matriz, el Ejecutivo procedió a ejercer dicha opción durante el año calendario 2013, pagando por las acciones el precio contemplado en el plan y que a esa fecha era inferior al valor de mercado de las acciones adquiridas.

    • Por este motivo, la Matriz tuvo que asumir una pérdida por la diferencia entre el valor pagado por el Ejecutivo y el actual precio de mercado de las acciones, pues debió adquirir acciones en el mercado para cumplir con el plan de stock option.

    • Con...

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