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Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 14, Letra A), N°3, letra a).

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2018

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 14, LETRA A), N°3, LETRA A). (ORD. 2474, DE 23.11.2018)

Forma de distribución de utilidades en una sociedad acogida al régimen del artículo 14, letra A, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Se ha recibido en esta Dirección Nacional, su presentación indicada en el antecedente mediante la cual consulta cuál es la forma de informar los criterios para repartir las utilidades de un ejercicio comercial en una sociedad acogida al régimen de renta atribuida.

  1. ANTECEDENTES:

    Expone, que una sociedad de responsabilidad limitada, residente y domiciliada en Chile (en adelante e indistintamente como el "Contribuyente" o la "Sociedad"), que tributa con el IDPC con base a contabilidad completa y que está sujeta al Régimen de Renta Atribuida, tiene solo socios personas naturales.

    La Sociedad es una empresa prestadora de servicios profesionales, y sus estatutos expresamente establecen, entre otros aspectos, que (i) su valor radica en la experiencia, prestigio, conocimiento y habilidades de los socios y de los equipos liderados por ellos; (ii) los activos monetarios son principalmente cuentas por cobrar a clientes, disponibilidades de caja e inversiones transitorias, todas las cuales están a la espera de ser repartidas entre los socios;(iii) los activos no monetarios son esencialmente el prestigio y capacidad de los socios y de los equipos que lideran; y (iv) el monto de utilidades a repartir a cada socio no tiene relación alguna con su porcentaje en los derechos sociales y se revisa y acuerda anualmente por los socios en función del valor que cada uno de ellos ha agregado a la Sociedad en el respectivo ejercicio.

    Debido a las características del rubro de la Sociedad, los servicios se prestan a través de la participación directa de los socios y de la aplicación de sus conocimientos profesionales. Por esa razón, los ingresos de la Sociedad se encuentran directamente relacionados con el desempeño, trabajo, habilidad y liderazgo que cada socio tuvo durante el año comercial según parámetros diversos, como, por ejemplo, la cantidad de trabajo desarrollado, la rentabilidad de dicho trabajo, su gestión de ventas y su aporte a la gestión interna, entre otros.

    En razón de lo anterior, el estatuto social contempla el siguiente método para repartir las utilidades de la Sociedad:

    “Distribución de Utilidades. En el entendido de que la rentabilidad y proyección de la sociedad en el corto, mediano y largo plazo depende en forma importante del trabajo, habilidad y liderazgo de los socios, las utilidades se distribuirán entre los socios en base a una fórmula (en adelante la "Fórmula") compuesta por uno o más parámetros (en adelante los "Parámetros").

    Los Parámetros deberán tener relación con la creación de valor para la Sociedad por parte de cada socio, tanto para efectos internos como respecto de clientes. La Fórmula tendrá por...

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