Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 20, N°5 – D.L. N° 1604, de 1976, Art. 14 – Ley N° 13.713. - Doctrina Administrativa - VLEX 744648685

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 20, N°5 – D.L. N° 1604, de 1976, Art. 14 – Ley N° 13.713.

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2018

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 20, N°5 – D.L. N° 1604, DE 1976, ART. 14 – LEY N° 13.713. (ORD. N° 2291, DE 31.10.2018)

Solicita pronunciamiento sobre efectos tributarios de venta de inmuebles pertenecientes a una Universidad.

Se ha recibido en esta Dirección Nacional su presentación indicada en el antecedente, mediante la cual se consulta si la utilidad que se produce al vender un inmueble de propiedad de una Universidad, constituye una renta clasificada en el N°5 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), y si al respecto procede aplicar la exención que dicha Universidad invoca.

  1. ANTECEDENTES:

    En su presentación señala que la corporación de derecho privado sin fines de lucro XXXXXXX, se encuentra en proceso de venta de un paño inmobiliario de su propiedad, constituido por cuatro inmuebles, ubicados en calle TTTT.

    La Universidad solicita se confirme que esta operación se encuentra exenta del pago de impuestos conforme a lo establecido en los artículos 20 N° 1, 2 y 5 de la LIR y 14 del D.L. N° 1604 de 1976. Lo anterior, no obstante los cambios introducidos en la legislación a partir de la reforma tributaria.

    En cumplimiento de los números 4 y 5 de la Circular N°71 de 2001, esa Dirección Regional solicita un pronunciamiento sobre la materia planteada.

  2. ANÁLISIS:

    El artículo único de la Ley N°13.713 señala que se exime, entre otras instituciones, a las Universidades reconocidas por el Estado, de todo impuesto o contribución sobre sus rentas de cualquier origen y derivadas del dominio o posesión de valores mobiliarios, bienes muebles o inmuebles o por cualquier otro título, como, asimismo, de todo impuesto, tasa o derecho sobre los actos que ejecuten y contratos que celebren y documentos que emitan, con excepción de los impuestos establecidos en la ley 12.120[1] y sus modificaciones y de los impuestos establecidos por la ley 11.766[2] y sus modificaciones.

    El artículo 14 del DL N°1604 de 1976 restringió la exención citada, por cuanto establece que “Las franquicias y exenciones tributarias relacionadas con el impuesto a la renta y habitacional, de que gocen la Universidad de Chile, la Universidad Técnica del Estado y otras Universidades chilenas reconocidas por el Estado, y las Asociaciones, Corporaciones, Sociedades y Fundaciones en cuya creación, organización o mantenimiento participen o intervengan las aludidas Universidades, no regirán respecto de las empresas que les pertenezcan, ni de las rentas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR