Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 41 – Decreto Ley 3063, de 1979, Art. 24. - Doctrina Administrativa - VLEX 643299429

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 41 – Decreto Ley 3063, de 1979, Art. 24.

Número de sentencia1700
Fecha15 Junio 2016
Normativa aplicadaRenta

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 41DECRETO LEY 3063, DE 1979, ART. 24. (ORD. N° 1700, DE 15.06.2016)

Determinación del capital propio afecto al pago de Patente Municipal.

La Contraloría General de la República ha remitido a esta Dirección Nacional, su presentación indicada en el antecedente, mediante la cual solicita se someta a revisión de dicha repartición el capital propio afecto al pago de Patente Municipal de la empresa que representa, conforme a las disposiciones de Decreto Ley N°3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.

  1. ANTECEDENTES.

    Mediante presentación indicada en el antecedente, indica que existirían diferencias sustanciales en la determinación del capital propio afecto al pago de patente municipal, con el establecido por los funcionarios del respectivo Departamento de Rentas Municipales de la I. Municipalidad de BBBB, solicitando se someta a revisión de la Contraloría General de la República el cálculo del capital propio de su representada, para efectos del pago de la patente municipal, correspondiente a los años 2013, 2014 y 2015.

    Al respecto, requiere se oficie a dicho Departamento Municipal a objeto que remita Ia determinación del capital propio de la sociedad que representa, para proceder a revisar el referido cálculo, ajustándolo al que corresponde de acuerdo a los balances y declaraciones de impuestos de la compañía.

    Al respecto, la Contraloría General de la República señala que la revisión del capital propio, es una materia cuyo análisis se encuentra comprendido entre las facultades de este Servicio, remitiendo los antecedentes a esta Dirección para los fines que sean pertinentes.

  2. ANÁLISIS.

    1. - Sobre el particular, cabe señalar en primer lugar, que el artículo 24 del Decreto Ley N°3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, establece en su inciso tercero que para los efectos de dicho artículo se entenderá por capital propio el inicial declarado por el contribuyente si se tratare de actividades nuevas, o el registrado en el balance terminado el 31 de diciembre inmediatamente anterior a la fecha en que deba presentarse la declaración, considerándose los reajustes, aumentos y disminuciones que deben practicarse de acuerdo con las normas del artículo 41 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).

      El inciso final del citado artículo 24, dispone que en la determinación del capital propio, los contribuyentes podrán deducir aquella parte de dicho capital que se encuentre invertida en otros negocios o...

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