Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 41°, N°9. - Doctrina Administrativa - VLEX 542242910

Renta – Actual Ley Sobre Impuesto a la – Art. 41°, N°9.

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2001

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 41°, N°9.

(ORD. N° 3925, DE 27.09.2001)

Determinación del costo o valor de adquisición de derechos sociales de una comunicad hereditaria para los efectos de su enajenación.

  1. Por presentación indicada en el antecedente, señala que está asesorando a una sucesión en los trámites de partición de la herencia dejada por su padre. Esta sucesión ya terminó con los trámites de posesión efectiva, pagando los respectivos impuestos de herencia, pero aún no efectúa la partición de los bienes dejados de la herencia. Sin embargo, ha surgido un interesado en comprar parte de los derechos en una sociedad de responsabilidad limitada que tributa por contabilidad completa y que se encuentra dentro de los activos de la sucesión.

    En relación con lo anterior, solicita se confirme que la sucesión deberá considerar como costo de estos derechos sociales el valor determinado de acuerdo a las normas de la ley de herencias y respecto al cual se calculó dicho impuesto, criterio que ha sostenido este Servicio en el Oficio N° 190, de 1997, que acompaña a su presentación.

  2. Sobre el particular, cabe señalar en primer lugar, que en la Ley de la Renta existen normas legales expresas para determinar el costo tributario de los derechos sociales en sociedades de personas para los efectos de su enajenación.

    En efecto, cuando el propietario de los referidos derechos se trata de un contribuyente que no lleva contabilidad, el costo tributario de los citados bienes se determina de acuerdo a lo dispuesto en el inciso tercero y cuarto del artículo 41 de la Ley de la Renta, normas que establecen lo siguiente al respecto:

    “Tratándose de la enajenación de derechos de sociedades de personas, para los efectos de determinar la renta proveniente de dicha operación, deberá deducirse del precio de enajenación el valor de libros de los citados derechos según el último balance anual practicado por la empresa, debidamente actualizado según la variación experimentada por el índice de precios al consumidor entre el último día del mes anterior al del último balance y el último día del mes anterior a aquél en que se produzca la enajenación. El citado valor actualizado deberá incrementarse y/o disminuirse por los aportes, retiros o disminuciones de capital ocurridos entre la fecha del último balance y la fecha de enajenación, para lo cual dichos aumentos o disminuciones deberán reajustarse según el porcentaje de variación experimentado por el índice de...

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