Ley núm. 14520, publicada el 17 de Enero de 1961. AUTORIZA AL DIRECTOR DEL REGISTRO ELECTORAL PARA REMITIR AL CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE PUERTO NATALES LOS EJEMPLARES DUPLICADOS DE LOS REGISTROS ELECTORALES QUE SEÑALA - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497353566

Ley núm. 14520, publicada el 17 de Enero de 1961. AUTORIZA AL DIRECTOR DEL REGISTRO ELECTORAL PARA REMITIR AL CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE PUERTO NATALES LOS EJEMPLARES DUPLICADOS DE LOS REGISTROS ELECTORALES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyLey

AUTORIZA AL DIRECTOR DEL REGISTRO ELECTORAL PARA REMITIR AL CONSERVADOR DE BIENES RAICES DE PUERTO NATALES LOS EJEMPLARES DUPLICADOS DE LOS REGISTROS ELECTORALES QUE SEÑALA,

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1° Autorízase al Director del Registro Electoral para remitir al Conservador de Bienes Raíces de Puerto Natales los ejemplares duplicados de los Registros Electorales de Varones y Mujeres, y del Registro Municipal de Extranjeros, correspondientes al departamento de Ultima Esperanza, que se encuentran depositados en el Archivo Electoral General. Dichos ejemplares constituirán el Archivo Electoral Departamental del mencionado departamento y substituirán, para todos los efectos legales, a los ejemplares destruídos por el incendio que afectó a la Oficina del Conservador de Bienes Raíces nombrado.

Artículo 2°

Previamente al envío de los Registros a que se refiere el artículo anterior, el Director del Registro Electoral hará sacar copias fotostáticas de ellos, empleando los servicios técnicos de las oficinas dependientes de la Dirección General del Registro Civil e Identificación, o en su defecto, los de cualquier otro organismo idóneo del Estado.

Dichas copias fotostáticas, debidamente certificadas por el Director del Registro Electoral, se tendrán, para todos los efectos legales, como los duplicados de los Registros Electorales del departamento de...

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