Regulación internacional de los recursos genéticos marinos: estado actual de la cuestión y prospectiva - Núm. 14-1, Enero 2021 - Revista de Estudios Ius Novum - Libros y Revistas - VLEX 897448675

Regulación internacional de los recursos genéticos marinos: estado actual de la cuestión y prospectiva

AutorBárbara Mayers Rojas
CargoEgresada de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Páginas283-320
Revista de Estudios Ius Novum
Vol. XIV 1 año 2021
[pp. 283-320]
REGULACIÓN INTERNACIONAL DE LOS RECURSOS GENÉTICOS
MARINOS: ESTADO ACTUAL DE LA CUESTIÓN Y PROSPECTIVA
[International regulation of marine genetic resources: state of the art and outlook]
BÁRBARA MAYERS ROJAS1
RESUMEN
Este trabajo analiza el fragmentario marco
normativo internacional aplicable a los
recursos genéticos marinos situados tanto
en zonas dentro como fuera de la
jurisdicción nacional -CONVEMAR, CDB
y su Protocolo de Nagoya-. Tiene como
objetivo exponer la deficiente regulación
internacional en esta materia, proponiendo
a partir de las falencias identificadas
elementos a considerar en el futuro
instrumento internacional jurídicamente
vinculante que considera la regulación de
los recursos genéticos marinos en las zonas
situadas fuera de la jurisdicción nacional.
PALABRAS CLAVE
Recursos genéticos marinos - zonas dentro
de la jurisdicción nacional - zonas fuera de
la jurisdicción nacional.
ABSTRACT
This paper analyzes the fragmentary
international legal framework applicable to
marine genetic resources located in areas
within and beyond national jurisdiction -
UNCLOS, CBD and the Nagoya Protocol.
Its objective is to expose the deficient
international regulation in this matter,
proposing from the identified
shortcomings elements to consider in the
future legally binding international
instrument that considers the regulation of
marine genetic resources in areas beyond
national jurisdiction.
KEYWORDS
Marine genetic resources - areas within
national jurisdiction - areas beyond national
jurisdiction.
1 Egresada de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso. Ayudante del Centro de
Derecho del Mar, Facultad de Derecho PUCV.
Bárbara Mayers Rojas | Centro de Estudios Ius Novum
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INTRODUCCIÓN
La superficie del planeta se encuentra cubierta en más de un 70% por océanos y mares, sin
embargo, lo que se conoce de los mismos representa tan solo una gota. Un claro ejemplo de esto
es que se han descrito en la literatura taxonómica aproximadamente 230.000 especies marinas
de las 0.7 a un millón que spoe estima existen, siendo alrededor del 95% de toda la vida marina
microscópica
2
.
Resulta relevante destacar lo anterior, por cuanto no solo el desarrollo económico sino
también el desarrollo social de la humanidad depende en gran medida de especies y, en general,
de recursos biológicos. Estos han sido reconocidos como un bien mundial con un valor
inconmensurable para la supervivencia tanto de las generaciones presentes como de las futuras.
A pesar de esto, las amenazas existentes sobre los ecosistemas producto de la actividad humana
han incrementado exponencialmente, dentro de las cuales se encuentran la sobreexplotación de
recursos y la destrucción de los ecosistemas.
En vista de ello, el derecho internacional no es ajeno al impacto negativo que ha tenido la
humanidad en su entorno y ha enfocado parte de sus esfuerzos en establecer un orden jurídico
orientado a promover la protección y preservación del medio marino y la conservación de sus
recursos vivos para lograr una utilización sostenible de sus componentes, además de la utilización
equitativa y eficiente de los mismos y de sus beneficios derivados.
Precisamente en el contexto de esta protección a la biodiversidad en todos sus niveles
(ecosistemas, especies y recursos genéticos) es que se enmarcan los recursos genéticos marinos
como un potencial para el desarrollo de alimentos, farmacéutica, cosméticos, bioenergía y
biotecnología, entre otros. En virtud de esto, se han desarrollado una serie de productos
naturales a partir de organismos marinos lo que convierte en necesaria una correcta regulación
de los recursos genéticos marinos tanto dentro como fuera de la jurisdicción nacional para evitar
el agotamiento de los recursos de la Tierra.
A partir de un análisis superficial del estado de la materia, pareciera ser que existe una
regulación un tanto más acabada de los recursos objeto de análisis en el presente trabajo en las
zonas dentro de la jurisdicción nacional en comparación con la total ausencia de un marco
regulatorio expreso respecto de aquellos recursos genéticos marinos situados en zonas fuera de
la jurisdicción nacional, es decir, en la alta mar y en la Zona. Sin embargo, la normativa existente
presenta lagunas y falta de claridad jurídica revelando a el deficiente y fragmentado marco
institucional de los océanos, puesto que no regula todas las actividades humanas en los mares de
manera adecuada.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el objetivo de la presente investigación es exponer
el deficiente estado actual de la regulación internacional en materia de recursos genéticos marinos
situados tanto dentro como fuera de las zonas de jurisdicción nacional con miras al eventual
acuerdo sobre el tema y, asimismo, determinar las incongruencias que se encuentran presentes
en la fragmentaria normativa internacional existente sobre el asunto.
2
VIVAS, David, presentación titulada Tendencia en la utilización de los recursos genéticos marinos dentro y fuera de la jurisdicción
nacional presentada en United Nations Conference on Trade and Development [visible en internet:
https://unctad.org/meetings/en/Presentation/ditc-ted-12092018-BioTrade-UNCTAD-Vivas.pdf].
Revista de Estudios Ius Novum | Vol. XIV 1
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Con el propósito de efectuar un estudio sistemático de la materia, el presente trabajo se
estructurará en tres capítulos.
En el primer capítulo se realizará una aproximación a la materia desde las ciencias de la vida
para poder establecer, en primer término, qué son y en qué consisten los recursos genéticos
marinos y cuál es la importancia de estos que justifican su regulación internacional.
El segundo capítulo tratará de dilucidar el marco normativo aplicable a los recursos genéticos
marinos en zonas dentro de la jurisdicción de los Estados. Para dichos efectos, se analizarán
diversos instrumentos internacionales existentes sobre la materia. Además, se hará una breve
referencia a la relación existente entre los recursos en comento y el derecho de propiedad
intelectual, específicamente las patentes.
Finalmente, el tercer capítulo versará sobre la necesidad de regulación de los recursos
genéticos marinos en zonas fuera de la jurisdicción nacional. Para ello se hará mención de la
estructura de la gobernanza actual y del estado de las negociaciones sobre un instrumento
internacional vinculante. Además, se pretenderá hacer un análisis crítico para establecer cuál
debería ser el contenido del futuro acuerdo a la luz de lo expuesto.
I. RECURSOS GENÉTICOS MARINOS: UNA APROXIMACIÓN A PARTIR DE LAS CIENCIAS DE LA
VIDA
3
El presente trabajo no pretende ser un tratado de ciencias de la vida pues su enfoque será
principalmente jurídico. Sin embargo, no es posible entender la regulación jurídica existente
sobre el tema, sin recurrir a cuestiones de las mencionadas ciencias. Es por ello, que se hará
referencia a la unidad molecular de los recursos genéticos marinos, además de una aproximación
tecnológica y práctica en cuanto a la extracción, el procesamiento y el uso de los mismos.
1. Recursos genéticos marinos y la bioprospección
Primero que todo es necesario preguntarse ¿qué son los recursos genéticos marinos? La
respuesta a esta cuestión no ha sido ajena a discusión, toda vez que los recursos genéticos
marinos forman parte de un sistema complejo y poco conocido. A pesar de esto último, se han
convertido en un objeto de interés específico tanto para científicos como para las industrias y el
comercio. En los últimos 30 años han existido una serie de campañas de investigación marina a
partir de las cuales se ha podido establecer algunas de las excepcionales cualidades bioquímicas
y genéticas de los recursos biológicos marinos, lo que dio lugar a un debate jurídico tardío
primordialmente limitado a la determinación del acceso in situ a este tipo de recursos
4
. Ante esto,
podría sostenerse que debido a la abstracción del concepto r ecu rso s ge nét ico s m ari nos lo
más acertado sería que sean objeto de deliberaciones biológicas, pero esto no deja de ser
problemático.
La primera dificultad que se presenta es la difusa línea existente para distinguir entre un
recurso genético y uno biológico. Distinción que no resulta irrelevante, al emplearse para
diferenciar distintos regímenes de propiedad y trámites de acceso a los mismos dependiendo del
3
Conforme a Cambridge Advanced Learner’s Dictionary & Thesaurus, las ciencias de la vida (life science en inglés)
se definen como uno de los t ipos de ciencia que se ocupa de la estructura y el comportamiento de los seres vivos.
Dentro de este tipo de ciencias se incluyen la biología, la microbiología y la bioquímica, entre otras.
4
GUILLOUX, Bleuenn, Marine Genetic Resources, R&D and the Law 1 (Gran bretaña, Wiley - ISTE, 2018), p.xii.

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