Reglamento Interno. Multas. Destino - Núm. 15, Septiembre 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702368577

Reglamento Interno. Multas. Destino

Páginas88-91
MANUAL EJECUTIVO LA BOR AL
88
En mérito de lo expuesto, se deja sin efecto el punto Nº 2 de las Instrucciones
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Provincial del Trabajo del Maipo.
REGLAMENTO INTERNO. MULTAS. DESTINO.
DICTAMEN Nº 0255/014, DE 20.01.97
MATERIA: 1) Las sumas provenientes de multas aplicadas a los trabajadores por
infracciones al reglamento interno, en el evento de que la Empresa no cuente con
un fondo propio de bienestar, deberán asignarse en forma proporcional al número
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sindicales existentes en la Empresa.
2) No existe inconveniente legal alguno para que la Empresa cree un fondo propio
de bienestar para sus trabajadores, caso en el cual podrán destinarse las multas
cursadas por infracciones al reglamento interno a dicho fondo, con prioridad a los
servicios de bienestar creados por los respectivos sindicatos.
Fuentes: Código del Trabajo, artículo 157.
Concordancias: Dictamen Nº 3.189, de 25.06.84.
Se ha solicitado un pronunciamiento acerca de las siguientes materias:
1) Destino que se le debe dar a las multas aplicadas a los trabajadores por
incumplimiento de normas del reglamento interno, en el evento que, de los tres
sindicatos existentes en la Empresa, sólo dos hayan acreditado tener un servicio
de bienestar.
2) Procedencia de que la Empresa cree un fondo de bienestar para sus trabajadores,
al cual se destinen las multas aplicadas por infracciones al reglamento interno.
Al respecto, cumplo con informar lo siguiente:
En los casos en que las infracciones por parte de los trabajadores a las normas
de los reglamentos internos se sancionen con multa, ésta no podrá exceder de
la cuarta parte de la remuneración diaria del infractor, y de su aplicación podrá
reclamarse ante la Inspección del Trabajo que corresponda.
Las multas serán destinadas a incrementar los fondos de bienestar que la empresa
respectiva tenga para los trabajadores o de los servicios de bienestar social de las
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las multas pasará al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, y se le entregará
tan pronto como hayan sido aplicadas.

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