La reformulación del rol del Juez en los instrumentos contemporáneos de Derecho Contractual
Autor | Rodrigo Momberg Uribe |
Cargo | PhD, Universidad de Utrecht, Holanda |
Páginas | 277-304 |
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R D U C N - A 21 Nº 2 (2014)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Estudios
Año 21 - Nº 2, 2014
pp. 277-304
* Este trabajo forma parte del proyecto FONDECYT regular N°1120611, titulado “La revi-
sión judicial del contrato. Análisis histórico, dogmático y de derecho comparado, con pers-
pectivas para el derecho nacional”.
Fecha de recepción: 27 de febrero de 2014.
Fecha de aceptación: 22 de julio de 2014.
** PhD, Universidad de Utrecht (H). Profesor adjunto, Facultad de Ciencias Jurídicas,
Universidad Católica del Norte (C). Career Development Fellow en Derecho Compa-
rado, Instituto de Derecho Europeo y Comparado, Universidad de Oxford (I).
Correo electrónico: rodrigo.momberguribe@law.ox.ac.uk
LA REFORMULACIÓN DEL ROL DEL JUEZ EN LOS
INSTRUMENTOS CONTEMPORÁNEOS DE DERECHO
CONTRACTUAL*
RODRIGO MOMBERG URIBE**
RESUMEN: El presente trabajo examina los principales instrumen-
tos de derecho contractual contemporáneo a nivel internacional, con el
objeto de demostrar la reformulación del rol del juez en el derecho de
contratos moderno, cuya tendencia es a entregar mayores facultades a los
tribunales para intervenir en el contenido del contrato, permitiendo la
adaptación y preservación del negocio en orden a resguardar los intereses
de ambas partes. Asimismo, se incluye el estudio de aquellas situaciones
en que tradicionalmente el juez ha cumplido un rol preponderante, como
la declaración de nulidad o la resolución del contrato, las cuales pasan a
ser una facultad de la parte afectada con el vicio o el incumplimiento, lo
cual demuestra una mayor consideración por la satisfacción del interés de
dicha parte.
PALABRAS CLAVE: Derecho de contratos - adaptación del contrato -
preservación del contrato - integración del contrato - compraventa inter-
nacional.
THE REFORMULATION OF THE COURT’S ROLE IN
INTERNATIONAL CONTRACT LAW INSTRUMENTS
A
BSTRACT
: is article examines the main international contract law
instruments, with the purpose to demonstrate that the role of courts in
regard to the contract has changed. e trend is to provide the courts with
broader powers to intervene into the content of the contract, allowing the
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adaptation and preservation of the contract in order to protect the inter-
est of both parties. e article also includes the study of cases which under
the Romanist legal tradition, the courts have played a relevant role, such
as the avoidance or termination of the contract, but that under the men-
tioned instruments are exercised directly by the a ected party.
KEY WORDS: Contract law - adaptation of contract - favor contrac-
tus - implied terms - international sales law.
Sumario: 1) Introducción; 2) Las facultades del juez frente al contrato;
2.1) El juez y la nulidad del contrato; 2.2) El juez y la resolución del contra-
to; 2.3) El juez y las cláusulas abusivas; 2.4) El juez y el contenido del con-
trato; 2.5) El juez y el cambio sobrevenido de circunstancias; 2.6) El juez y la
cláusula penal; 3) Conclusiones.
1) INTRODUCCIÓN
Habitualmente, en particular en los sistemas de tradición romanis-
ta1, el rol del juez en el derecho de contratos ha estado esencialmente li-
mitado a examinar si el contrato fue celebrado de acuerdo con la ley y las
normas procedimentales de formación del consentimiento, o si ya en su
etapa de ejecución, el incumplimiento de una parte ha sido capaz de pro-
ducir la resolución de la relación contractual. Más allá de este restringido
contexto, se entiende que el contenido del contrato no es ni puede ser ob-
jeto del examen del juez. Garantizando la justicia formal o procedimental
del acuerdo, se garantizaría también la justicia sustantiva del mismo2. El
rechazo en los códigos civiles decimonónicos de la lesión enorme como
vicio del consentimiento, de la imprevisión contractual e incluso de la
nulidad parcial, son demostraciones de esta idea.
En otras palabras, tradicionalmente la función de los tribunales se
limita esencialmente a veri car que la voluntad haya sido declarada de
manera libre y espontánea, o bien, a examinar la eventual concurrencia de
1 Se utiliza la clasi cación de sistemas jurídicos planteada por Z, Konrad y K,
Hein (1998) An introduction to comparative law, 3a ed. Oxford: Clarendon Press, p. 74-86.
Según estos autores, el sistema jurídico romanista está constituido por todos aquellos ordena-
mientos que, con base en el derecho romano, siguieron como modelo conceptual e ideológi-
co al Código Civil francés. Otra clasi cación, más amplia, agrupa en un solo sistema jurídico
a la tradición romano-germánica, incluyendo en ella tanto los ordenamientos jurídicos que
han seguido el modelo francés como aquellos de tradición germana. Al efecto, véase D,
René (1992) (Les grand systèmes de droit contemporains). París: Dalloz, p. 19 y 55.
2 Z, Reinhard (1996) e law of obligations: Roman foundations of the civilian tra-
dition. Oxford: Oxford University Press, p. 577.
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