Reforma constitucional sobre retiro del 10%: la importancia del fallo del TC - Núm. 1483, Enero 2021 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 855981754

Reforma constitucional sobre retiro del 10%: la importancia del fallo del TC

Páginas1-7
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
1483- 1
22 de enero de 2021
ISSN 0717-1528
1
REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE RETIRO
DEL 10%: LA IMPORTANCIA DEL FALLO DEL TC
El Tribunal Constitucional TC  T) publicó el pasado 30 de diciembre la
sentenciai en que declaró inconstitucional el proyecto de reforma constitucional,
impulsado por parlamentarios, y que permitía un segundo retiro del 10% de los
fondos de pensiones contenidos en las cuentas de capitalización individualii.
El pronunciamiento del TC -que tuvo su origen en un requerimiento de
inconstitucionalidad deducido por el Presidente de la República- no sólo es
relevante pues confirmó que la iniciativa propuesta por los parlamentarios infringía
una serie de preceptos contenidos en la Carta Fundamental vigente, sino porque
también constituye un claro mensaje hacia el llamado parlamentarismo de facto. En
atención a la proliferación de iniciativas legislativas similares en trámite en el
Congreso Nacional que aumentan la inestabilidad jurídica y debilitan nuestras
instituciones, el fallo del TC debe ser mirado con atención.
Asimismo, cabe consignar que se trata de un fallo histórico puesto que es la primera
ocasión en la que el TC se pronuncia respecto a la inconstitucionalidad de un
proyecto de reforma constitucional.
El fallo del Tribunal Constitucional, que acogió el requerimiento de inconstitucionalidad
deducido por el Presidente de la República, es oportuno puesto que constituye un claro
mensaje hacia el denominado parlamentarismo de facto.
El pronunciamiento confirma que los parlamentarios no pueden infringir las normas
expresas contempladas por la Carta Fundamental (incluso en aquellos casos en que las
reformas se intentan por la vía de artículos transitorios). En efecto, los parlamentarios deben
respetar los procedimientos, formalidades y quórums exigidos por la Constitución y las leyes.
Se trata de una buena noticia ya que releva el principio de supremacía constitucional -que
debe ser respetado por todos-, y el respeto al marco jurídico con el que deben actuar los
organismos públicos y poderes del Estado.
La decisión del órgano colegiado sirve de precedente respecto de la tramitación de iniciativas
legislativas parlamentarias que utilizan el mismo mecanismo (eventual tercer retiro de
pensiones, creación de un impuesto al patrimonio, entre otras).

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