Reforma al Código de Aguas: un proyecto que transgrede derechos amparados por la Constitución - Núm. 1458, Julio 2020 - Temas Públicos - Libros y Revistas - VLEX 847024294

Reforma al Código de Aguas: un proyecto que transgrede derechos amparados por la Constitución

Páginas1-8
TEMAS PÚBLICOS
www.lyd.org
Nº 1458-2
31 de julio de 2020
ISSN 0717-1528
1
REFORMA AL CÓDIGO DE AGUAS: UN
PROYECTO QUE TRANSGREDE DERECHOS
AMPARADOS POR LA CONSTITUCIÓN
En enero de 2019, el gobierno del Presidente Sebastián Piñera ingresó una
indicación sustitutiva a la reforma al Código de Aguas que se tramita en el
Congreso Nacional. Dicha indicación tenía por objeto garantizar un sistema
nacional de aguas en que convivieran la certeza jurídica y la seguridad hídrica con
la garantía del consumo humano y la conservación del recurso. Sin embargo, la
Comisión de Agricultura del Senado descartó la mayoría de sus disposiciones,
insistiendo -en sus aspectos esenciales- en la indicación presentada por la ex
Presidenta Michelle Bachelet y despachando el proyecto a la Comisión de
Constitución a comienzos de este año.
El proyecto, que se encuentra en segundo trámite constitucional, incurre en una
serie de inconstitucionalidades derivadas, principalmente, de la transgresión
tanto del derecho de propiedad en general, como del que recae sobre el derecho
de aprovechamiento de aguas en particular. A partir de las mismas, se construye
un sistema nacional de aguas inconsistente, contradictorio y contraproducente,
que atenta contra el eficiente uso del recurso hídrico y no representa la mejor
alternativa para alcanzar los objetivos pretendidos por sus promotores.
En enero de 2019, el gobierno del Presidente Piñera ingresó una indicación sustitutiva a la
reforma al Código de Aguas que se tramita en el Congreso Nacional. Sin embargo, la
Comisión de Agricultura del Senado descartó la mayoría de sus disposiciones, insistiendo,
en sus aspectos esenciales, en la indicación presentada por la ex Presidenta Bachelet y
despachando el proyecto a la Comisión de Constitución a comienzos de este año.
La reforma incurre en una serie de inconstitucionalidades derivadas, principalmente, de la
transgresión tanto del derecho de propiedad en general, como del que recae sobre el
derecho de aprovechamiento de aguas en particular.
Todas ellas, además de infringir el marco jurídico vigente, desvirtúan el sistema nacional
de aguas, precarizan los DAA actuales y futuros y otorgan facultades discrecionales a la
administración, afectando la certeza jurídica y el eficiente uso del recurso hídrico.

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