Recurso de protección
Autor | Aníbal Cornejo Manríquez |
Páginas | 279-286 |
279
11.-
RECURSO DE PROTECCIÓN.
- Reglamentación.
Lo regula el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el
Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitación y fallo del
recurso de protección de las garantías constitucionales del año 1992,
texto refundido por el tribunal superior en el año 2015 conforme el
acta 94-2015.
ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de
los dere chos y garantías establecidos en el artículo 19, números 1º, 2º, 3º
inciso quinto, 4º, 5º, 6º, 9º inciso final, 11º,12º, 13º, 15º, 16º en lo relativo
a la libertad de trabajo y al derecho a su libre elección y libre contratación, y
a lo establecido en el inciso cuarto, 19º, 21º, 22º, 23º, 24°, y 25º podrá
ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre, a la Corte de Apela ciones
respectiva, la que adoptará de inmediat o las providenc ias que juzg ue
necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida
protección del afectado, sin perjuicio d e los demás derechos que pueda
hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes.
Procederá, tambié n, el recurso de protección en el caso del Nº8º del
artículo 19, cuando el derecho a vi vir en un medio ambiente libre de
contaminación sea afectado por un acto u omisión ilegal imputable a una
autoridad o persona determinada”).
- Concepto.
Acción constitucional que puede ejercer cualquier persona a objeto de
que la Corte de Apelaciones de la jurisdicción respectiva adopte de
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