Recurso de amparo - penal - principios básicos del proceso penal - computo de la pena - abono de penas - prision preventiva - sentencia absolutoria - sentencia condenatoria - recurso de apelacion acogido - Fallos corte suprema - Síntesis jurisprudencial y doctrina (materia penal) - Libros y Revistas - VLEX 903499759

Recurso de amparo - penal - principios básicos del proceso penal - computo de la pena - abono de penas - prision preventiva - sentencia absolutoria - sentencia condenatoria - recurso de apelacion acogido

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas19-21
19
5.-
RECURSO DE AMPARO - PENAL - PRINCIPIOS BÁSICOS DEL
PROCESO PENAL - COMPUTO DE LA PENA - ABONO DE PENAS
- PRISION PREVENTIVA - SENTENCIA ABSOLUTORIA -
SENTENCIA CONDENATORIA - RECURSO DE APELACION
ACOGIDO
Tecas Gallardo c/ Juzgado de Garantía de Puerto Montt s/ Abono
heterogéneo - Interpretación de la ley.
Sala Corte Suprema
18-12-2019
ROL:36831-19
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Al decidirse por el juez recurrido que en la especie no procede la
imputación de abonos en causa diversa, por no concurrir el requisito de
tramitación conjunta contemplado en el artículo 164 del Código
incurrido en una ilegalidad, puesto que incorporó al precepto requisitos
que no contempla y que no es posible aceptar, sin vulnerar el principio
rector de interpretación restrictiva de la ley procesal penal, en cuanto
afecta derechos constitucionales del penado, con incidencia tanto en lo
procesal como en la interpretación de la ley; entre cuyos criterios está
el que afirma que en caso de duda se resuelve a favor del acusado, o
en caso de duda se resuelve en el sentido favorable al imputado.
DOCTRINA
1.- Corresponde revocar la sentencia apelada y acoger el recurso de
amparo deducido por el condenado en contra de la resolución del
Juzgado de Garantía que rechazó su solicitud de abonar el tiempo de
privación de libertad sufrido con motivo de la causa en la que fue
absuelto del delito de robo con intimidación a otra causa en la que
fue condenado como autor del delito de hurto. Al respecto, al
decidirse por el juez recurrido que en la especie no procede la
imputación de abonos en causa diversa, por no concurrir el requisito
de tramitación conjunta contemplado en el artículo 164 del Código
Orgánico de Tribunales y el artículo 348 del Código Procesal Penal,

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