Recepcionar y registrar convenio colectivo - Núm. 102, Diciembre 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920440

Recepcionar y registrar convenio colectivo

AutorRicardo Garrido C.
Páginas100-101
100
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL PROCEDIMIENTO DE
NEGOCIACION DE FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES
RECEPCIONAR Y REGISTRAR CONVENIO COLECTIVO.
Fuente legal.
Artículo 408 del Código del Trabajo
Concepto.
De conformidad al artículo 408 del Código del Trabajo, Los convenios colectivos y
pactos sobre condiciones especiales de trabajo suscritos por estas organizaciones
de nivel superior con los empleadores o asociaciones gremiales respectivas, se
deberán depositar en la Inspección del Trabajo que deseen dentro de los cinco días
siguientes a su suscripción, y este servicio deberá llevar un registro público de estos
instrumentos colectivos.
Procedimiento.
El Convenio Colectivo se registrará sólo si fue suscrito por una o más federaciones o
confederaciones con uno o más empleadores o una o más asociaciones gremiales de
empleadores, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 408 del Código del Trabajo.
Efectuado el ingreso en la Ocina de Gestión Documental, se procederá a revisar
el documento que las partes hayan denominado Convenio colectivo, a efectos de
vericar si éste reúne los siguientes requisitos formales:
- Que haya sido suscrito por una o más organizaciones sindicales de nivel superior,
adjuntándose, además, las Actas que den cuenta de los acuerdos de asamblea en
orden a aprobar, el convenio, por mayoría absoluta de cada uno de los sindicatos
aliados a la Federación o Confederación. Teniendo presente que este solo será
exigible por aquellas organizaciones de base que registren ese acuerdo.
- Que en lo que respecta a los empleadores el instrumento haya sido suscrito por
sus representantes legales o que hayan manifestado en un documento anexo su
aceptación del mismo.
- El período de vigencia del convenio colectivo no sea superior a tres años para cuyos
efectos debe estarse a lo dispuesto en el inciso nal del artículo 324 del Código
del Trabajo, que establecer que los convenios colectivos podrán tener la duración
que las partes denan, pero en ningún caso podrá ser superior a tres años.
- En caso que la organización de nivel superior haya suscrito un Convenio colectivo
con uno o más empleadores o Asociaciones Gremiales que alien a micro y
pequeñas empresas donde no existan sindicatos, se deberá adjuntar nómina de
trabajadores de aquella en que se indique que aceptan se les extienda el Convenio
y se comprometen a pagar la cuota sindical ordinaria de la respectiva organización
de nivel superior.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR