Recabarren - 18 de Septiembre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 738974637

Recabarren

Recabarren & Asociados, uno de los principales estudios jurídicos especializados en consultoría tributaria, realizó un análisis respecto de los avances que plantea el proyecto de modernización tributaria del Gobierno en materia de protección de los derechos del contribuyente.El informe del estudio fundado por la abogada y coordinadora del comité tributario de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Soledad Recabarren, identificó al menos una docena de cambios que apuntarían a "nivelar la cancha" entre el Servicio de Impuestos Internos (SII) y los usuarios.En primer orden destacan el cambio hacia el silencio positivo, con la carga para el contribuyente. Explican que si se aprueba esta idea, se entenderá que hay una respuesta procontribuyente en caso de que el SII no responda en tiempo y forma solicitudes, presentaciones y recursos, siempre que la persona le comunique al superior jerárquico del Servicio el hecho de que le quedan cinco días para el término del plazo y que aún no se ha dado respuesta.También resalta el nuevo alcance de la interpretación tributaria, que implica que en caso de que el SII cambie la interpretación de una norma, y la nueva interpretación favorezca al contribuyente, este beneficio podrá ser aplicado retroactivamente. Esto implica que si, producto de un cambio de criterio, un contribuyente pagó más impuestos que aquellos que le correspondían, podrá solicitar las devoluciones. Para esto, la persona deberá pedir la devolución de estos de acuerdo al artículo 126 del Código Tributario, la que podrá abarcar los impuestos pagados durante los tres años tributarios anteriores a la fecha de la petición.También subrayan los cambios a la Norma General Antielusión (NGA). En la legislación actual, la NGA no es aplicable si existe otra Norma Especial Antielusiva (NEA). Una de las principales normas específicas es la de tasación regulada en el artículo 64 del Código Tributario. Con la modificación del artículo 4 del Código Tributario (CT), se propone que si se aplica la norma antielusión, ya no podrá aplicarse el artículo 64 sobre tasación, no siendo obligatorio aplicar este último con preferencia a la cláusula antielusión, en el caso de reorganizaciones empresariales.Cambios en materia administrativaDe acuerdo al análisis de Recabarren, la propuesta del nuevo artículo 8° del CT recoge la posibilidad de levantar una queja administrativa al superior jerárquico, en caso de que las actuaciones del SII afecten el normal...

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