Ley núm. 19262, publicada el 11 de Noviembre de 1993. MODIFICA NORMAS SOBRE REAJUSTABILIDAD DE PENSIONES DE REGIMENES PREVISIONALES QUE INDICA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470684102

Ley núm. 19262, publicada el 11 de Noviembre de 1993. MODIFICA NORMAS SOBRE REAJUSTABILIDAD DE PENSIONES DE REGIMENES PREVISIONALES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyLey

MODIFICA NORMAS SOBRE REAJUSTABILIDAD DE PENSIONES DE REGIMENES PREVISIONALES QUE INDICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley:

"Artículo único.- En los artículos 14 del decreto ley N° 2.448 y del decreto ley N° 2.547, ambos de 1979, suprímese la oración que aparece a continuación del punto seguido y agrégase el siguiente inciso:

"Con todo, si transcurrieren doce meses desde el último reajuste sin que la variación del referido Indice alcance el 15%, las aludidas pensiones se reajustarán en el porcentaje de variación que aquél hubiere experimentado en dicho período, en cuyo caso este último reajuste sustituirá al anteriormente indicado. El nuevo reajuste que corresponda aplicar regirá a contar del primer día del mes siguiente a aquel en que se alcance la citada variación o se cumpla el período señalado, según el caso.".

Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de la presente ley durante 1993, se financiará con transferencia del ítem

50-01-03-25-33.104 de la Partida Tesoro Público del presupuesto vigente.".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 2 de noviembre de 1993.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- René Cortázar Sanz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Jorge...

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