Causa nº 206/2009 (Casación). Resolución nº 5383 de Corte Suprema, Sala de Verano de 26 de Febrero de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 55504944

Causa nº 206/2009 (Casación). Resolución nº 5383 de Corte Suprema, Sala de Verano de 26 de Febrero de 2009

JuezCarlos Künsemüller L.,Milton Juica A.,Gabriela Pérez P.
MateriaDerecho Procesal
Número de registrorec2062009-cor0-tri6050000-tip4
Número de expediente206/2009
Fecha26 Febrero 2009
PartesRamos Rodriguez Sonia con Hevia Guerra Gonzalo

Santiago, veintiséis de febrero de dos mil nueve.

Vistos:

En autos RUC 07-2-0163334-0 y RIT F-415-2007 del Juzgado de Familia de Viña del Mar, doña S.R.R. deduce demanda en contra de don G.D.H.G., a fin que se condene al demandado como autor de violencia intrafamiliar, disponiendo la aplicación de medidas, sanciones y accesorias que establece la ley, en resguardo y protección de las víctimas, con costas.

El demandado, evacuando el traslado conferido en la audiencia respectiva, niega los hechos y pide se rechace totalmente la acción deducida en su contra.

En sentencia de catorce de diciembre de dos mil siete, el tribunal de primer grado dio lugar a la demanda y condenó al demandado como autor de maltrato constitutivo de violencia intrafamiliar en perjuicio de la demandante, a una pena de multa de dos unidades tributarias mensuales, a beneficio del Gobierno Regional y a la obligación de abandonar el hogar que comparte con la víctima, dentro del plazo de treinta días, desde que la presente sentencia cause ejecutoria, sin costas.

Se alzó el demandado y una de las salas de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en fallo de trece de noviembre del año recién pasado, confirmó el de primer grado, sin modificaciones, con costas del recurso.

En contra de esta última decisión, el demandado deduce recurso de casación en el fondo, a fin que se la invalide y se dicte la de reemplazo que señala.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el demandado denuncia la infracción de los artículos 32 de la Ley N° 19.968 y 425 del Código de Procedimiento Civil; artículos y de la Ley N° 20.066.

Argumenta, en un primer c apítulo de su presentación, que el artículo 32 citado, establece la forma de apreciar la prueba, esto es, de acuerdo con las reglas de la sana crítica y el artículo 425 del Código de Procedimiento Civil, prevé que los tribunales deben apreciar el valor probatorio del informe pericial conforme con las mismas reglas y agrega, que esa manera de ponderación se extraña en la sentencia atacada, refiriéndose a su concepto y sus exigencias.

A continuación transcribe los artículos y de la Ley Nº 20.066 y concluye que de la redacción de esas normas, se desprende que el estatuto sancionatorio que establece la ley de violencia intrafamiliar, está referido a actos, esto es, debe tratarse de hechos ciertos y probados, no pudiendo sancionarse sobre la base de meras suposiciones o...

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