Querella infraccional - ley de tránsito - infracciones de tránsito - responsabilidad del conductor - responsabilidad del dueño del vehículo - tacha de testigos - sana crítica - recurso de apelación - rechazado - Fallos cortes de apelaciones - Accidentes de Tránsito. Síntesis Jurisprudencial y Doctrina - Libros y Revistas - VLEX 903499389

Querella infraccional - ley de tránsito - infracciones de tránsito - responsabilidad del conductor - responsabilidad del dueño del vehículo - tacha de testigos - sana crítica - recurso de apelación - rechazado

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas198-199
198
conducido por el sentenciado, sin que en el juicio resultara del todo
claro que la muerte de la víctima haya provenido necesariamente
del atropello, por cuanto existen varios antecedentes en la carpeta
de investigación que hacen dudar de que la muerte de éste no se
haya producido por causas concomitantes como una infección
adquirida en el hospital, o la falta de atención pronta y oportuna.
68.-
QUERELLA INFRACCIONAL - LEY DE TRÁNSITO -
INFRACCIONES DE TRÁNSITO - RESPONSABILIDAD DEL
CONDUCTOR - RESPONSABILIDAD DEL DUEÑO DEL
VEHÍCULO - TACHA DE TESTIGOS - SANA CRÍTICA - RECURSO
DE APELACIÓN - RECHAZO DEL RECURSO
Benavides, Cristián A. c/ Céspedes Caamaño, Gerald y otro s/
Infracción a la Ley del Tránsito
1ª Sala de Verano, Corte de Apelaciones de Concepción
21 - 2 - 2012
ROL: 11-12
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
La excusa del artículo 169 inciso 2º de la Ley del Tránsito que permite
liberar de responsabilidad al propietario de un vehículo requiere de una
prueba muy rigurosa y certera, ya que el ámbito de control o esfera de
protección del vehículo va más lejos que su simple posesión o
tenencia.
DOCTRINA
1.- Corresponde confirmar la sentencia apelada y también acoger
las tachas formuladas por la demandante civil en contra de dos
testigos por la causa prevista en el Nº 5 del artículo 358 del Código
de Procedimiento Civil, en causa relativa a infracción a la Ley del
Tránsito, puesto que efectivamente tal causal concurre en los
testigos de la parte demandada.

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