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Decreto 808 EXENTO - AUTORIZA A 'CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO, COANIQUEM' PARA EFECTUAR COLECTA PÚBLICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 4 de Abril de 2013

AUTORIZA A "CORPORACIÓN DE AYUDA AL NIÑO QUEMADO, COANIQUEM" PARA EFECTUAR COLECTA PÚBLICA

Núm. 808 exento.- Santiago, 19 de febrero de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la ley N° 10.262, de 1952; la ley N° 16.436, de 1966; el decreto supremo N° 955, de 1974, del Ministerio del Interior; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y los antecedentes adjuntos,

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Corporación de Ayuda al Niño Quemado, Coaniquem", para realizar una colecta pública en todo el territorio nacional, el día viernes 7 de junio de 2013.

  2. - Las utilidades, producto de esta colecta, serán destinadas a financiar los gastos operacionales de los Centros de Rehabilitación de Niños Quemados de la comuna de Pudahuel en Santiago y de las ciudades de Antofagasta y Puerto Montt. Asimismo, se financiarán los gastos operacionales del Colegio Casabierta Coaniquem y Centro de Hospedaje Casabierta, de Santiago.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida institución deberá remitir al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los ingresos obtenidos y de su inversión, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3° letra c), del DS N° 955 y adjuntando a éste el acta referida en el artículo 27° del...

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