Proyecto de ley que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería de Chile. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914511019

Proyecto de ley que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería de Chile.

Fecha17 Diciembre 2019
Fecha de registro17 Diciembre 2019
Número de Iniciativa13124-07
EtapaPrimer trámite constitucional (Senado) Primer informe de comisión de Seguridad Pública
Cámara Legislativa de OrigenMensaje,Senado
Tipo de proyectoProyecto de ley




Boletín N° 13.124-07

Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S. E. el Presidente de la República, que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de Gendarmería de Chile.







M E N S A J E Nº553-367/









A S.E. EL


PRESIDENTE


DEL H.


SENADO.

Honorable Senado:


En uso de mis facultades constitucionales, tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que modifica el Código Penal y otros cuerpos legales para fortalecer la protección de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y de Gendarmería de Chile.

  1. ANTECEDENTES

El artículo 101 de la Constitución Política de la República dispone que Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile integran de forma exclusiva las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y constituyen “la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior”. En ese mismo orden de ideas, el artículo 1° de la ley N° 18.691, Orgánica Constitucional de Carabineros reitera dichos conceptos y lo propio hace el artículo 1° del decreto ley N° 2460, de 1979, Ley Orgánica de la Policía de Investigaciones de Chile, al ratificar que esta policía forma parte de las instituciones que forman parte de las “Fuerzas de Orden”.

Por su parte, Gendarmería de Chile, es una institución jerarquizada y disciplinada, cuyo objeto es “atender, vigilar y contribuir a la reinserción social de las personas que por resolución de autoridades competentes, fueren detenidas o privadas de libertad”, junto con otras funciones que le encomiende la ley, conforme señala el artículo 1° del decreto ley N° 2859, de 1979, Ley Orgánica de Gendarmería de Chile.

Las tres instituciones, en el actuar propio del cumplimiento de sus funciones, comparten características comunes. En primer lugar, sus roles están indefectiblemente relacionados con la ciudadanía de manera directa. En sus respectivos ámbitos, tanto Carabineros de Chile, como la Policía de Investigaciones de Chile y Gendarmería de Chile son, en la mayoría de los casos, la primera línea de atención con la que cuenta la ciudadanía; las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, en las calles; Gendarmería de Chile, en los recintos penitenciarios y en las secciones de medio libre.

Otra condición que comparten, inseparable de sus respectivas funciones, es la de intervenir en situaciones que son no sólo de riesgo para terceros, sino también para su propia vida e integridad personal. El policía y el gendarme se encuentran expuestos constantemente a situaciones peligrosas y de ahí que su formación y entrenamiento los preparen para ello. Estas instancias no sólo se producen cuando enfrentan a antisociales insertos en el mundo delictual o cuando indagan hechos constitutivos de delitos, sino también en otros contextos cotidianos, que devienen en situaciones que requieren que el personal policial reaccione para la conservación o restauración del orden público. Es decir, tanto en el combate contra la delincuencia como en el resguardo del orden público y en lo referido a la ejecución de las sentencias penales, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y Gendarmería de Chile se enfrentan diariamente con situaciones que pueden devenir en consecuencias perniciosas para ellos.

A lo largo de los años, nuestras Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, así como Gendarmería de Chile, han realizado estas labores con esmero, sacrificio y muchas veces arriesgando la vida propia o su integridad física. En esto no puede olvidarse que detrás de un carabinero, de un detective o de un gendarme, siempre hay una familia o núcleo afectivo. Y son ellos los que más han sufrido cuando nuestros policías o gendarmes han sido insultados, agredidos, resultan lesionados y, peor aún, en algunos casos, muertos.

La noble función que realizan los integrantes de estas instituciones merece el mayor respeto por parte de todos los chilenos y chilenas. Su abnegada dedicación por el bienestar de todos debe ser siempre reconocida.

Como Gobierno, somos los primeros en agradecer a nuestros carabineros, detectives y gendarmes, pues de ellos depende, en gran parte, que Chile sea un país seguro, en el que todos podamos vivir en paz y tranquilidad. Sin embargo, en el curso de los últimos años, el respeto a nuestras fuerzas policiales y a Gendarmería de Chile ha decaído profundamente.

Basta sólo recordar el emotivo funeral del Sargento Raúl Alfredo Yáñez Muñoz, celebrado el 24 de septiembre del presente año, quien se transformó en el mártir N° 1.210 de Carabineros de Chile. El Sargento Yáñez falleció tras proceder a perseguir a antisociales que huían en una moto contra el sentido del tránsito a quienes había sorprendido previamente cometiendo delitos de robo bajo la modalidad conocida coloquialmente como “motochorro”. El sargento Yáñez sirvió a la institución durante 25 años y era padre de dos hijos, además de ser muy querido entre sus compañeros.

Lo propio se puede señalar del sensible fallecimiento del cabo Óscar Galindo, de 29 años, oriundo de Cañete y padre de tres hijos, ocurrido el 06 de junio del año pasado. El hecho ocurrió a las 12:30 aproximadamente, y la causa de la muerte fueron dos impactos de bala de un antisocial que no dudó en abrir fuego en su contra con una subametralladora UZI. El cabo, en dicha oportunidad, se encontraba realizando un control vehicular en la comuna de La Pintana, en el marco de un operativo antidrogas. Diversos sectores del país lamentaron este hecho, principalmente por la desproporción de la agresión del antisocial en contra del funcionario policial.

Recientemente, el 4 de noviembre del presente año, el país presenció el ataque a la cabo segundo María Hernández Torres y la carabinera Abigail Aburto Cárdenas con artefactos incendiarios, lo que resultó en quemaduras de diversa consideración para ambas. Una suerte similar corrió la funcionaria de la Policía de Investigaciones de Chile, Danitza Araya González, quien el 21 de octubre pasado fue atropellada por un sujeto que intentaba evitar su detención tras participar en el “saqueo” de un supermercado en la comuna de Pudahuel.

Finalmente, hace tan solo una semana, un sargento segundo de Gendarmería de Chile que desempeña sus funciones en la cárcel de Huachalalume, fue agredido violentamente por un interno que, mediante la utilización de armas cortopunzantes le provocó tres heridas en su cuello y cabeza.

Lamentablemente, hechos de esta índole y con niveles de violencia desmesurados han cobrado una preocupante habitualidad. Funcionarios de estas tres instituciones asesinados o gravemente lesionados se registran cada vez con mayor frecuencia.

Para el Gobierno esta es una situación absolutamente intolerable y constituye una de nuestras prioridades. La seguridad y el respeto por nuestras Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y por Gendarmería de Chile es un valor de nuestro país que no se puede desperdiciar y, por lo tanto, tomaremos acción de forma decidida. De igual forma que todos los chilenos y chilenas, los miembros de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile y de Gendarmería de Chile merecen gozar de condiciones que, en el ejercicio de sus funciones, les garanticen un estándar mínimo de protección y, asimismo, que no se les vea impedidos de proteger su propia vida o integridad física, así como la de sus compañeros de institución y la de sus familias.

  1. FUNDAMENTOS

Resulta esencial que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública cuenten con las facultades necesarias para poder realizar sus funciones y, en último término, poder resguardar el orden público. Lo mismo ocurre respecto de Gendarmería de Chile, en los ámbitos de su competencia. De igual forma resulta necesario que el Estado promueva con todas sus herramientas que el respeto hacia la autoridad propia de los miembros de dichas instituciones sea un valor esencial, pues de otra forma, no podrán desarrollar sus funciones y cumplir con sus objetivos. Debe siempre tenerse presente en este aspecto, que no son sino todos los chilenos y chilenas los beneficiados con que nuestros carabineros, detectives y gendarmes puedan realizar adecuadamente su trabajo.

Pero en ese marco, no resulta razonable exigirle a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública que, para dar cumplimiento al mandato que por la Constitución Política de la República y las leyes tienen, se expongan a un riesgo no tolerable sin los recursos necesarios. Al Estado le corresponde promover toda política que fomente y garantice el respeto hacia nuestros policías y gendarmes.

El Gobierno, por tanto, debe impulsar iniciativas legales que tengan como finalidad dar un estatuto normativo de protección a nuestras Fuerzas de Orden y Seguridad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR