Protección a los menores - 10 de Noviembre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 745235405

Protección a los menores

Con el objetivo de otorgar una efectiva protección a los menores frente a los riesgos de abusos sexuales, nuestro Código Penal en su artículo 372 contempla penas de inhabilitación para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, a quienes hayan sido condenados por algunos delitos sexuales contra menores de edad. Estas penas, además de constituir una sanción por el delito cometido, cumplen una función preventiva e intentan disminuir los riesgos de reincidencia limitando el contacto que los condenados puedan tener con menores en el ámbito laboral.El Ministerio de Justicia ha enviado un proyecto de ley que pretende mejorar dicho sistema de inhabilitaciones, y que se estructura fundamentalmente sobre dos ejes. Por una parte garantizando la efectiva incorporación al Registro de Condenas de los condenados por estos delitos, atendida la experiencia, que ha mostrado que muchas veces ello no ocurre por diversas razones. Por la otra, ampliando el número de delitos que genera dicha inhabilitación. La primera cuestión se consigue asegurando que las sentencias judiciales en materia penal contengan con toda claridad y precisión las penas de inhabilitación y estableciendo el deber del tribunal, así como la obligación del Ministerio Público de pedir dichas penas. Desde esta perspectiva, se insta a las respectivas instituciones a tomar las medidas administrativas necesarias para asegurar dicho cumplimiento. Respecto de la segunda, se unifica el tratamiento de las penas de inhabilitación contemplado en los incisos segundo y final del artículo 372 del Código Penal, terminando con el dispar tratamiento de víctimas menores de catorce años y víctimas mayores de catorce que no han alcanzado la mayoría de edad, de modo que en todos los casos se aplique la pena de inhabilitación absoluta perpetua ya indicada.Adicionalmente, y como el objetivo de reinserción nunca puede perderse de vista, la ley dispone de igual forma que los condenados puedan eliminar los demás antecedentes penales, manteniéndose solo a...

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