La protección de los Derechos Humanos por el Sistema Interamericano - La protección internacional de los Derechos Humanos - Derecho Internacional Público. De acuerdo a las normas y prácticas que rigen en el siglo XXI - Libros y Revistas - VLEX 361136454

La protección de los Derechos Humanos por el Sistema Interamericano

AutorEdmundo Vargas Carreño
Páginas550-563
550
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
fortaleciendo la protección universal de los derechos humanos,
se pueda llegar a establecer en Naciones Unidas un tribunal de
derechos humanos y se puedan reforzar los mecanismos de pro-
tección respecto de los individuos que consideren que sus dere-
chos han sido violados por un Estado.
Sección III
LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS POR
EL SISTEMA INTERAMERICANO
308. Antecedentes históricos
Si bien existen precedentes anteriores de la preocupación del
sistema interamericano por proteger determinados derechos de
las personas, es con la Novena Conferencia Internacional Ame-
ricana, celebrada en Bogotá en 1948, cuando comienza a desa-
rrollarse lo que pasaría a constituir el sistema interamericano de
protección de los derechos humanos. En esa oportunidad, ade-
más de haberse adoptado la Carta de la OEA, en la que se con-
sagra como uno de los deberes fundamentales de los Estados
Americanos el de respetar los derechos de la persona humana,
se aprobó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes
del Hombre.
Aunque la mencionada Declaración no puede hoy día exhi-
birse como modelo de técnica jurídica, tiene el mérito, además
de haber antecedido en varios meses a la Declaración Universal
de Derechos Humanos, de haber consignado por vez primera
en un instrumento internacional los principales derechos de la
persona, los que, como señala dicho instrumento, deberán ser
fortalecidos “cada vez más en el campo internacional, a medida
que esas circunstancias vayan siendo cada vez más propicias”.
La misma Conferencia de Bogotá de 1948 decidió también
la creación de un tribunal para que garantizara el cumplimien-
to de los derechos contemplados en la referida Declaración, para
lo cual solicitó al Comité Jurídico Interamericano la elaboración
de un proyecto de estatuto del tribunal que se crearía. El Comi-
té, sin embargo, no cumplió con el encargo que se le había en-
comendado, aduciendo en un Informe de 1949, que “la falta de

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