Propuestas de solución para los aparentes conflictos jurídicos que se pueden suscitar entre el derecho a la vida del que está por nacer y los derechos de la madre - Núm. 11, Octubre 2017 - Revista Derecho Público Iberoamericano - Libros y Revistas - VLEX 699626005

Propuestas de solución para los aparentes conflictos jurídicos que se pueden suscitar entre el derecho a la vida del que está por nacer y los derechos de la madre

AutorAndrea Rosario Iñiguez Manso - Marcela Inés Peredo Rojas
CargoMagíster en Investigación Jurídica de la Universidad de los Andes - Doctora en Derecho. Profesora investigadora de la Universidad Autónoma de Chile
Páginas35-65
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Derecho Público Iberoamericano, Nº 11, pp. 35-65 [octubre 2017]
PROPUESTAS DE SOLUCIÓN
PARA LOS APARENTES CONFLICTOS
JURÍDICOS QUE SE PUEDEN SUSCITAR
ENTRE EL DERECHO A LA VIDA
DEL QUE ESTÁ POR NACER
Y LOS DERECHOS DE LA MADRE
PROPOSALS OF SOLUTION
FOR THE APPARENT LEGAL CONFLICT
THAT MAY ARISE BETWEEN THE RIGHT
TO LIFE OF THE UNBORN
AND THE RIGHTS OF THE MOTHER
Andrea Rosario Iñiguez Manso*
Marcela Inés Peredo Rojas**
Resumen
El art. 19 N°1 inc. 1° establece que la Constitución asegura a todas las
personas “el derecho a la vida y la integridad física y psíquica”. Además, en
su inc. 2° sostiene que “la ley protege la vida del que está por nacer”. Por lo
tanto, la Constitución ampara la vida del nonato y su madre. El problema
es determinar cómo debe actuar el legislador cuando se produce un apa-
rente conflicto entre los derechos de la madre y de la vida en gestación.
Nuestro estudio pretende dar algunos criterios de solución a esta cuestión.
Palabras claves: Derecho a la viva, nasciturus, aborto
Abstract
Article 19 N° 1 parr. 1 of the Constitution recognizes to every person the
right to life and it´s physical and psychological integrity. It also declares
*Magíster en Investigación Jurídica de la Universidad de los Andes. Correo elec-
trónico: rosarioini@vtr.net, rosarioini@gmail.com.
** Doctora en Derecho. Profesora investigadora de la Universidad Autónoma de
Chile. Artículo recibido el 24 de mayo de 2017 y aceptado para su publicación el 30 de
julio de 2017. Correo electrónico: marcela.peredo@uautonoma.cl.
ANDREA ROSARIO IÑIGUEZ MANSO/ MARCELA INÉS PEREDO ROJAS DPI Nº 11 – Estudios
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in parr. 2 that protects the life of the unborn. Therefore, the Constitu-
tion shelters the life of the unborn and the mother. The problem is to
determine how could our legal system react when there is an apparent
conflict between the rights of the mother and the baby. Our investigation
tries to give some criterions to solve this issue.
Key words: The right of life, nasciturus, abortion
I. Introducción
La Constitución establece en su art.19 N° 1 que asegura a todas las per-
sonas el derecho a la vida y la integridad física y psíquica. En el inc. 2° se
señala que la ley protege la vida del que está por nacer. Es decir, nuestra
Carta Fundamental se ocupa de amparar la vida de la madre y del hijo.
La protección constitucional del nonato se ha manifestado también en
nuestra legislación, entre ellas, por el hecho de que nuestro Código Penal
contiene normas especiales que sancionan el aborto provocado.
Lo anterior ha generado críticas por parte de diversos sectores po-
líticos, sociales y académicos que estiman que, si bien la Constitución
protege la vida de la madre y de la vida en gestación; en la práctica, la
legislación beneficia más al niño no nacido en detrimento de los derechos
de la madre. Así, el proyecto de ley enviado por la presidenta Michelle
Bachelet, que propone despenalizar el aborto en tres causales argumenta
que buscaría un mejor equilibrio ante este aparente conflicto de derechos.
En este sentido, el mensaje presidencial con el que se inicia la discu-
sión de este proyecto de ley declara en su preámbulo que la Carta Fun-
damental reconoce el derecho a la vida de la madre y del hijo. Sin embar -
go,
“el Estado debe equilibrar esos mandatos, con aquellas situaciones que
pueden afectar la vida, la salud, los derechos y, en definitiva, la dignidad
de las mujeres en ciertas situaciones que conllevan la obligación de regular
la interrupción del embarazo”1.
De la lectura de este documento podemos concluir que el proyecto
de ley pretende solucionar un aparente conflicto entre los derechos de
la madre y los derechos del hijo, y que en ciertas situaciones la madre
puede poner término a su embarazo, ya que ello constituiría un legítimo
ejercicio de sus derechos.
1 Mensaje N° 1230-62, p. 2.

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