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Para promover el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor.

Fecha06 Octubre 2020
Número de Iniciativa13822-07
Fecha de registro06 Octubre 2020
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenSenado,Mensaje
EtapaSegundo trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Personas Mayores y Discapacidad




Boletín N° 13.822-07


Proyecto de ley, iniciado en mensaje de S.E. el Presidente de la República, para promover el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor.





MENSAJE 174-368/









A S.E. LA

PRESIDENTA

DEL H.

SENADO.

Honorable Senado

Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley orientado a promover el envejecimiento positivo, el cuidado integral de las personas mayores, y el fortalecimiento de la institucionalidad del adulto mayor, con el objetivo de avanzar hacia el reconocimiento pleno de este importante grupo en la sociedad.

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA INICIATIVA

En el marco de las necesidades que han manifestado las propias personas mayores por años y que se ha visto reforzado en el contexto de la situación país –primero la crisis social y posteriormente la pandemia causada por la enfermedad COVID-19- a través de instancias convocadas por la academia, el Congreso Nacional, la sociedad civil, las instancias de participación ciudadana convocadas por el Servicio Nacional del Adulto Mayor y los Diálogos Participativos liderados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sumado a la suscripción por parte del Estado de Chile de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (2017); se han evidenciado sus demandas y la oportunidad de mejorar nuestra legislación en algunos temas que dicen relación con los estándares internacionales exigidos hoy en el respeto y promoción de los derechos humanos de los adultos mayores.

Desde el Ejecutivo se ha considerado permanentemente la voz de los adultos mayores. En este sentido, por ejemplo, se realizó una cuenta pública participativa liderada por el Servicio Nacional del Adulto Mayor durante el 2019, en la que participaron 607 dirigentes adultos mayores representantes de todas las regiones del país1. Otro ejemplo es el reporte a marzo de 2020 de los diálogos ciudadanos realizados por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, los que contaron con la participación de 10.200 adultos mayores, a través de 1262 diálogos ciudadanos, cabildos y consultas individuales2.

De este modo, el proyecto de ley que se presenta asume una visión respetuosa de la autonomía de la persona mayor, dado que se respetan sus preferencias y opciones de acuerdo a la propia identidad biográfica. En consecuencia, se busca avanzar hacia una cultura inclusiva de la vejez, a través de estas instancias de participación ciudadana, lo cual ha sido complementado por diversos temas vinculados a la Agenda Social que benefician a los adultos mayores, y que hemos impulsado como Gobierno, como el robustecimiento del pilar solidario, la rebaja al pago de contribuciones y el descuento en el transporte público para los adultos mayores.

Hoy en día son diversas las situaciones que viven los adultos mayores en la sociedad, dado que constituyen el grupo de edad más heterogéneo de la población y es la etapa del ciclo de vida más larga. Existen, en efecto, barreras sociales, culturales, económicas y legales, entre otras, que afectan la calidad de vida de este grupo y que son invisibles, lo que se puede llegar a traducir en prácticas discriminatorias y ausencia de medidas que fomenten su inclusión en la sociedad, evidenciando la deuda que tenemos respecto de este sector de la población y sus esfuerzos en pos del desarrollo de nuestra sociedad.

Diversas encuestas y mediciones desarrolladas tanto a nivel nacional –CASEN(20173)- como internacional –CEPAL, (20154), CEPALSTAT (20195) -, revelan la actual situación demográfica de Chile, donde la tasa de reposición es baja y la longevidad medida por la expectativa de vida al nacer es cada vez mayor, lo que produce una creciente tasa de envejecimiento y además, un envejecimiento sostenido de la vejez. Todavía, en la condición de vejez se observa que las mujeres viven más años y en peores condiciones, incrementándose así ciertas discriminaciones históricas, como por ejemplo en materia de pensiones de vejez.

Los adultos mayores chilenos y chilenas son conscientes y contestes en solicitar la elaboración de políticas intencionadas, focalizadas y que mantengan un enfoque territorial, con el objetivo de lograr la inclusión, el reconocimiento y la promoción efectiva de sus derechos.

En el marco de la situación descrita, han sido constantes los instrumentos internacionales que han tenido por objeto consagrar principios y reconocer derechos en las agendas legislativas y políticas de los estados, con el fin de relevar la dignidad de la persona mayor, la autonomía e independencia, los derechos políticos y civiles, los derechos sociales y las garantías de acceso a la justicia, entre otros678.

Es así como la reciente ratificación y promulgación, mediante el decreto supremo N° 162, de 7 de octubre de 2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, no hace sino reafirmar el interés de nuestro país de realizar los esfuerzos necesarios, para promover una mejor calidad de vida de los adultos mayores.

En este sentido, la anterior Experta Independiente sobre el disfrute de todos los derechos humanos por las personas de edad de Naciones Unidas, Sra. Rosa Kornfeld Matte, señaló que la Convención Interamericana ya enunciada “… permite a los Estados fortalecer la cohesión y la acción normativa y aclarar sus obligaciones en lo que respecta a los derechos de las personas de edad9”.

En concordancia con ello, los Objetivos de Desarrollo Sostenible del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo 2030; sumado a lo contemplado en nuestro Programa de Gobierno en relación a las personas mayores, la Política de Envejecimiento Positivo para Chile impulsada por la Primera Dama de la Nación y las medidas señalas anteriormente contempladas en la Agenda Social que en conjunto buscan fortalecer elementos de salud, participación y seguridad social en favor de los adultos mayores, han provocado y puesto en práctica un compromiso cada vez mayor y más profundo en propender a un cambio cultural que refuerce la idea de envejecimiento positivo. Asimismo, es necesario considerar la relevancia que ha tomado este tema con los últimos acontecimientos país y la actual pandemia mundial del COVID-19, que hacen que este cambio sea aún más necesario y desafiante.

  1. OBJETIVO DEL PROYECTO

El proyecto de ley que se somete a vuestra consideración tiene por objeto la promoción del envejecimiento positivo y del cuidado integral de los adultos mayores, considerando la diversidad del envejecimiento con un enfoque territorial a lo largo del país, fortaleciendo especialmente la institucionalidad del Servicio Nacional del Adulto Mayor.

En este sentido, se busca asegurar de mejor manera una política de “envejecimiento positivo” para la población, actualizando nuestra legislación a los estándares internacionales.

  1. CONTENIDO DEL PROYECTO

El presente proyecto se estructura en base a cuatro títulos, en los que se establecen aspectos preliminares, cuidados, participación y modificaciones legales:

  1. En el Título Preliminar, se establece el objeto, principios y criterios de interpretación de esta ley. Se consagran como principios que inspiran esta ley y la protección del adulto mayor el mejor interés del adulto mayor; la dignidad, independencia, protagonismo y autonomía del adulto mayor; la igualdad y no discriminación; la participación, integración e inclusión plena y efectiva del adulto mayor en la sociedad; la internación como principio de última ratio y la igualdad de género en la vejez.

  2. El Título I está dedicado a los cuidados, reconociendo a nivel legal ciertas líneas de acción del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Asimismo, se dispone que los directores de los Establecimientos de Larga Estadía sin fines de lucro que reciben financiamiento del Servicio Nacional del Adulto Mayor, tendrán la representación legal de los residentes que ingresen al establecimiento, solo para efectos de cobrar ciertos...

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