Los Programas de Capacitación Judicial en la Historia de Chile - Núm. 8, Marzo 1989 - Colección Seminarios - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399591190

Los Programas de Capacitación Judicial en la Historia de Chile

AutorRicardo Gálvez B.
CargoProfesor de Derecho Procesal de la Universidad Católica de Chile y Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago
Páginas117-127

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LOS PROGRAMAS DE CAPACITACION JUDICIAL EN LA HISTORIA DE CHILE

Ricardo Gálvez Blanco

Nuestra realidad jurídica está a años luz tanto de los países desarrollados como' de aquéllos sobre los cuales hemos escuchado en las exposiciones anteriores;" pero tiene un cierto mérito: el de hacer las co-sas a pulso, es decir sin medios, sin elementos, a veces incluso contra una abierta o velada oposición de nuestros superiores y las mismas autoridades, Y recién estamos saliendo de un aislamiento geográfico· muy propio nuestro.

La materia del perfeccionamiento judicial siempre ha sido importante aquí en Chile, pero, en nuestro medio, lo que ha predominado ha sido el esfuerzo individual. Son distintas personas que han dedicado esfuerzo personal, gastando sus energ(as y su tiempo, sin medios y con escasísimo apoyo de otras fuentes.

El perfeccionamiento de la judicatura en el pasado, incluso en el presente, no es unánimemente aceptado; hay opiniones, que antes hemos escuchado, contrarias a que se haga de manera masiva. Pero a su pesar, en los últimos años ha habido una toma de conciencia mucho mayor en cuanto a su necesidad y brota principalmente del ámbito gremial, siendo la Asociación Nacional de Magistrados la promotora de todo esto, por un clamor de los jueces que se ven más aislados en el desempeño de sus funciones y que no tienen dónde apoyarse.

OPINIONES DE LOS UL TIMOS 30 AÑOS DE LOS PRESIDENTES DE LA CORTE SUPR EMA DE CH I LE

Estas se emiten en los discursos inaugurales del año judicial donde casi siempre formulan una opinión personal, además de reflejar el sentido que tiene la Corte Suprema frente a las realidades y a la vida jurídica.

En el año 1961 don Rafael Fontecilla, distinguido jurista chileno, comenta la dictación de la Ley 14.548 que otorgó ciertas facul· tades a la Junta de Servicios Judiciales -que se reseñarán posteriormente· y habla de la necesidad de especialización de los jueces de la época: jue-

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ces civiles, del crimen o jueces de jurisdicción común. Recuerda dOn Rafael, que en el primer Congreso Internacional de Magistrados del año 58, al que él hab ía asistido en Roma, se realizó una. pon.encia en gue se sostenía que el futuro juez debía encontrar en la UniverSIdad la enseñan. za de disciplinas modernas para la función judicial junto con la necesidad de instituir centros de preparación, investigación y estudios para los jue: ces que fueran requisitos previos para su nombramiento. Recordaba don Rafael en esto un aforismo que es muy repetido y que dice "el abogado nace y el juez se hace", indicando la necesidad de que Juez debe' ser formado como tal.

Don Pedro Silva Fernández, en 1964, sugería que las facul. tades de Derecho debían establecer programas para los interesados en la carrera judicial. Estos estudiantes, al final del cuarto año de Derecho de. bían postular en un concurso abierto y los aceptados harían un curso de profundización de dos años; al finalizar el primer año podían, junto con los postulantes que habían seguido la línea de abogados, recibir su títu· lo con una tesis y un examen de tesis. Y el segundo año, iba a ser un año de postgrado con una beca o una asignación, muy avanzada para la épo· ca, y si lograban aprobar ese año de postgrado tendrían una preferencia en las ternas.

El mismo don Pedro Silva en 1965 da cuenta de la creación de una Comisión, la que propuso uno de los primeros proyectos para la creación de un Instituto especialmente dedicado a la enseñanza de los jueces.

Luego en 1968, don Osvaldo IlIanes se refiere a una ponen· cia de 1944, en el Primer Congreso Panamericano de Criminalística, so· bre cursos especiales para jueces, ya que para ellos no son suficientes los estudios universitarios, considerando que debían tener una formación· anexa que profundizara en derecho, filosofía, sociología, psicología, si· copatología, criminología y criminalística. Se combinaba esto con estu· dios empíricos que deb ían bifurcarse en el Segundo año de la Escuela de Derecho para los que prefirieran esos estudios, coincidiendo
naturas con los que fueran a estudiar Derecho y los otros tendrlan aSlg' naturas especia les.

y los que fueran a estudiar para jueces se dividirían a la vez en, jueces civiles y jueces del crimen, lo que era una preocupación importante para aquellos tiempos.

Don Ramiro Méndez en 1970 aludió a una proposición pa· ra cursos breves previos al ingreso de jueces a la carrera judicial. El había

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visitado el año 1961 las Escuelas Judiciales de Francia y España y allí vió que sería impracticable el sistema de una Escuela Judicial en ChIle, debido a los problemas propios de nuestra falta de presupuesto, de la extensión del país, y, sobre todo, la distancia entre un centro y otro, y prefería este sistema. Al año siguiente se refirió a la necesidad de legislar para realizar una Escuela Profesional de Jueces ya que había muchos proyectos e ideas, pero nada en concreto.

En 1980 don Israel Bórquez manifestó su opinión en el sentido de que la "Escuela de Jueces", que en ese entonces funcionaba en la Universidad de Chile y que estaba ofreciendo un magister de Derecho Judicial, lo fuera sólo para personas que quisieran ingresar al Poder Judicial y no para los que ya eran jueces, porque estimaba que los que asistían a estos cursos dejaban la administración de justicia, abandonaban sus labores, lo que producía grandes trastornos en la administración de justicia.

y por último, para que vean la variedad de opiniones en este sentido, tenemos la que dió en 1985 el actual Presidente de la Corte Suprema, quien dijo -cuando se refirió al mejoramiento de la justicia- que debían superarse los elementos orgánicos, materiales, normativos y humanos de ella. Refiriéndose...

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