Procedimiento ordinario por crimen o simple delito de accion penal publica - Derecho Procesal Penal chileno I. Principios, sujetos procesales, medidas cautelares, etapa de investigación - Libros y Revistas - VLEX 57253366

Procedimiento ordinario por crimen o simple delito de accion penal publica

AutorMaría Inés Horvitz Lennon/Julián López Masle
Cargo del AutorProfesora asistente de Derecho Penal, Universidad de Chile/Profesor asistente de Derecho Procesal, Universidad de Chile
Páginas443-

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A Etapas del nuevo proceso penal

El procedimiento ordinario por crimen o simple delito de acción penal pública se encuentra regulado en el Libro II del CPP. 1 A este procedimiento general se remiten, en lo no especialmente regulado, las normas de los procedimientos especiales contemplados en el Libro IV del CPP . Así ocurre, por ejemplo, con el procedimiento simplificado (art. 389 CPP ), con el procedimiento por delito de acción privada, que se remite a aquél (art. 405 CPP ), y con el procedimiento abreviado (art. 415 CPP ).

El proceso penal ordinario se divide en tres grandes etapas: de investigación (Título I del Libro II), de preparación del juicio oral (Título II del Libro II) y de juicio oral (Título III del Libro II). A ellas se añade la etapa de ejecución de las sentencias condenatorias y de las medidas de seguridad, regulada en el Título VIII del Libro IV del CPP .

La etapa de investigación preparatoria consiste, como su nombre lo indica, en la indagación preliminar, por parte del ministerio público y la policía, de los hechos denunciados que revistan caracteres de delito. Su función principal es la recolec-Page 444ción de antecedentes probatorios que permitan fundamentar la formulación de una acusación en contra de una persona por un delito determinado. Sin embargo, la ley procesal prevé numerosos supuestos en que se produce la terminación del procedimiento en esta etapa, ya sea por insuficiencia de antecedentes para investigar (archivo provisional, decisión de no perseverar en el procedimiento), por aplicación del principio de oportunidad en sentido estricto o amplio (suspensión condicional del procedimiento, acuerdos reparatorios) o por la concurrencia de alguna causal de sobreseimiento temporal o definitivo de la causa. Esta etapa carece, salvo excepciones muy estrictas, de todo valor probatorio y las actuaciones de investigación son controladas por un órgano jurisdiccional, el juez de...

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