Algunos problemas relativos a la disolución y liquidación de la sociedad conyugal: Una especial referencia al pacto de sustitución de régimen - Núm. 18-2, Julio 2011 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 452532166

Algunos problemas relativos a la disolución y liquidación de la sociedad conyugal: Una especial referencia al pacto de sustitución de régimen

AutorCristián Aedo Barrena
CargoAbogado. Doctor en Derecho por la Universidad de Deusto (España)
Páginas21-50
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Revista de D erecho
Universidad Ca tólica del Norte
Sección: Est udios
Año 18 - Nº 2, 2011
pp. 21-50
* Abogado. Doctor en De recho por la Universidad d e Deusto (E ). Profesor de Derecho
Civil d e la Escuela de Derecho de la Univer sidad Católica del Norte, sede Antofaga sta. Co-
rreo elect rónico: caedo@ucn. cl
Fecha de r ecepción: 15 de m arzo de 2011.
Fecha de a ceptación: 14 de julio de 2011.
ALGUNOS PROBLEMAS RELATIVOS A LA DISOLUCIÓN Y
LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. UNA ESPECIAL
REFERENCIA AL PACTO DE SUSTITUCIÓN DE GIMEN
CRISTIÁN AEDO BARRENA*
RESUME N: El prese nte artículo repasa algunos de l os problemas que
a propósito de la disolución y liquidación de la soci edad conyugal se
han plant eado en la doctr ina y la jur ispr uden cia, limitando nuestro aná-
lisis a tres as pectos: naturaleza de la comunidad qu edada a la disoluc ión
de la sociedad conyugal; el alcance del efecto retroactivo de la adjudi -
cació n en la disoluci ón de la sociedad conyugal; y algunas cuestiones
relativas al acto de sustitució n de régimen del artículo 1723 del Código
Civil .
PALABRAS CLAVE : Sociedad conyugal – disolución de la sociedad
conyugal – comunidad – adjudicación – pacto de sustitución de régimen.
SOME PROBLEMS RAISED BY THE DISSOLUTION AND
LIQUIDATION OF THE MARITAL SOCIETY. A SPECIAL
REFERENCE TO THE REGIME SUBSTITUTION PACT
ABSTRACT: is article goes through some of the problems regarding
the dissolution and liquidation of the marital society that have been
brought up in the doctrine and jurisprudence, limiting our analysis to
three aspects: nature of the remaining community to the dissolution of
the marital society; reach of the retroactive e ect of the adjudication in
the dissolution of the marital society, and some issues relative to the act
of regime substitution of article 1723 of the Civil Code.
KEY W OR DS : Mar ital so ci et y marital soci ety d issol ution
community – adjudication – regime substitution pact.
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Cristián Aed o Barrena
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INTRODUCC IÓN
No será necesario justi car la a rmación de que el Derecho de fami-
lia ha tenido, como otras materias del Derecho civil, particularmente la
responsabilidad civil, un desarrollo considerable. En buena medida, los
profundos cambios sociales, traducidos en el acceso de la mujer al mer-
cado laboral y la consagración de la igualdad de géneros, han posibilitado
dichos cambios, traducidos en sendas reformas legales. Las expresiones
jurídicas de la noción de igualdad, a través de la historia del Derecho, han
llegado a estandarizarse y universalizarse. Es así como existen en todas las
consagraciones del principio de igualdad el llamado principio o garantía
de igualdad ante la ley, la prohibición de hacer distinciones fundadas en
el sexo, la raza, el color, la lengua, la religión, las opiniones políticas o
cualesquiera otras opiniones, la condición social o económica; la prohi-
bición de crear y gozar de privilegios y fueros; el principio de igualdad en
las cargas públicas; la norma de igualdad entre marido y mujer1; la regla
de igualdad entre hijos legítimos e ilegítimos2; e incluso la propugnada
igualdad de las parejas, heterosexuales u homosexuales que conviven,
frente a las parejas casadas, lo que ha dado lugar a la discusión sobre la
necesidad de regular las uniones de hecho. La realidad demuestra, así, que
la estructura tradicional de la familia se ha ido modi cando, que existen
otras realidades que reclaman protección, entre ellas, las parejas de hecho,
que terminarán siendo,  nalmente, reguladas3.
1 Co mo se sabe, las relaciones jurídi cas que emanan de l matrimonio que dan entregadas al De-
recho p rivado, princ ipalmente. En nuestro sistema, no existe regu lación de estas cuest iones
en la Co nstitución, pero en el Código Civil se ha a bierto paso pro gresivo a la ig ualdad entre
el mar ido y la mujer. Así, tratándose de regímene s matrimonial es, los derechos de la mujer
casada en sociedad conyu gal fueron progre sivamente mejora dos: en virtud de la Ley 10. 271,
de 2 de abril de 1952, s e creó el patrimonio reservado del artículo 150, con l a Ley 18.80 2,
de 9 de junio de 1989, se ot orgó plena ca pacidad a la mujer casad a en este r égimen y se in-
trodujeron importantes reformas en la administ ración de l a sociedad conyugal. Finalm ente,
con la Ley 19. 335, de 2 6 de oct ubre de 1 998, se c reó el rég imen patrimo nial de p articipa-
ción en los ganancia les, bajo su modalidad crediticia, que intenta r ecoger la problemát ica
social de mu jeres –en particula r profesi onales– qu e renuncia n a un desa rrollo per sonal, al
menos dura nte algún tiempo , por el cuidado de los hijos.
2 Nuev amente, se tra ta de un ámbito entregado a la reg ulación del Der echo Civ il. La Ley
19.585, de 26 de octu bre de 1998, vino a resolver un vi ejo pro blema d e discr iminación
en nu estro país, equiparando a los hijos e igualándolos en derechos. Tan pro fundo fue este
cambio, q ue una vieja in stitución provenie nte del Derecho romano, como es la patria pote s-
tad, sie mpre aplicable a los hijos nacidos dent ro del matrim onio, pasó ah ora a regir las rela-
ciones patrimoniales entre padres e hijos, ma trimoniales o no y esta bleciendo la posibilidad
de ejercic io por la mujer – no solo a falta del padre– o por a mbos padres.
3 Véase (2009) “Regulación jurídica de las par ejas de hecho: sobre por qu é no equipararlas
al ma trimonio. Una re exión desde el caso español”. Car los Pizarro Wilson (c oordinador),
Estudios de Derecho Civ il IV, Jornadas Nacion ales de Derec ho Civil Olmué , 2008, Santi ago de
Chile: LegalPublishing. Ta mbién véase T  S, Susan (2008), “Uniones de hecho
y regulación legal”. A.A.V.V. Estud ios de Derecho Civil III. Jorna das Nacion ales de Derecho

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