Algunos problemas del delito de uso de información privilegiada - Regulaciones en el mercado de valores. Análisis de instituciones y nuevas tendencias - Libros y Revistas - VLEX 699127701

Algunos problemas del delito de uso de información privilegiada

AutorMarco Antonio González Iturria
Páginas113-135
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PIÑA: ALGUNOS PROBLEMAS DEL DELITO DE USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADACUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA (U. DE LOS ANDES) N° 19, 2010, pp. 113-135
ALGUNOS PROBLEMAS DEL DELITO DE USO DE
INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
JU A N IG N A C I O PI Ñ A RO C H E F O R T
Doctor en Derecho
Profesor de Derecho Penal. Universidad de los Andes
I. P
R E M I S A S P A R A L A I N C U R S I Ó N D E L DE R E C H O PE N A L E N E S T O S Á M B I T O S D E
A C T I V I D A D E C O N Ó M I C A
1. GENERALIDADES
El delito de uso de información privilegiada, contenido en las letras
e), g) y h) del artículo 60 de la Ley 18.045, está incardinado en lo que
doctrinariamente se denomina el Derecho penal económico chileno. Esta
afirmación, desde el inicio, lo hace acreedor de una serie de sospechas.
No es necesario recalcar aquí las deficiencias que presenta en nuestro
país este ámbito del Derecho penal, muy especialmente en lo que se
refiere a su falta de sistematización, a la laxitud de sus incriminaciones
legales y, muy especialmente, a la difícil relación que tiene con la po-
testad sancionatoria de la Administración en ámbitos particularmente
regulados1. A esta altura, declaraciones de esa naturaleza parecen una
diletante perogrullada.
1 En nuestro medio existen varias publicaciones sobre esto. Vid. Bustos Ramírez, Perspectivas
actuales del derecho penal económico, Gaceta Jurídica Nº 132 (1991), 7. Cárcamo Olmos,
Breves reflexiones de política criminal en el derecho penal económico, en Revista de Derecho,
Criminología y Ciencias Penales Universidad San Sebastián Nº 2 (2000), pp. 183-189. Guerrero
Velásquez, Concepto y características del Derecho penal económico, en Revista Entheos
Universidad de las Américas. Año 2, Volumen 1 (2004), pp. 13-41. Hernández Basualto,
Perspectivas del Derecho penal económico en Chile, en Persona y Sociedad, Volumen XIX, Nº 1
(2005), pp. 101-134. Náquira Riveros / Salim-Hanna Sepúlveda, Derecho penal económico:
origen, contenido y límites, en Revista de Derecho Universidad Finis Terrae, Año IX, Nº 9
(2005), pp. 117-127. Sobre la evolución histórica de este ámbito del Derecho penal vid. por
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CUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA
Sin embargo, más allá de las falencias de nuestra legislación, parece
innegable que respecto de varios de estos tipos existe adicionalmente una
severa carencia de criterios de interpretación desarrollados por nuestra
doctrina y jurisprudencia. Dentro de ellas, sin duda el delito de uso de
información privilegiada tiene –valga la consciente redundancia– un
lugar de privilegio2. Las razones para esta carencia son diversas y guar-
dan más bien relación con características criminológicas de la conducta.
Que nuestra jurisprudencia no se ha manifestado decididamente y que
por ello no pueden encontrarse criterios de aplicación de la norma
del artículo 60 es evidente. Probablemente esto mismo ha acarreado la
distancia de la doctrina respecto de estos delitos que más parecen un
invento de los protectores del funcionamiento del mercado de valores
que una reflexión seria que competa a los penalistas. En otras palabras,
para qué ocuparnos de un delito que no se aplica y cuya existencia
parece simplemente intentar producir un efecto disuasivo por la incri-
minación abstracta.
Ambas situaciones son, además de lamentables, profundamente riesgo-
sas. La ausencia de criterios de interpretación doctrinaria o jurisprudencial
del tipo penal ha transformado este delito en una especie de espada de
Damocles que pende sobre los actores del sistema financiero. Y no se
sabe cuándo caerá sobre ellos3.
Por otro lado, la presencia de la administración, cada vez mostrando mayor
actividad y compromiso en la persecución y sanción de estas conductas,
ha terminado por encender las alarmas. No son pocos los antecedentes
que ya obran en poder del Ministerio Público, el que deberá mostrar,
dentro de poco, cuál será el criterio político criminal de persecución de
estos delitos. Muy especialmente considerando que dichos antecedentes
ya cuentan con relevantes sanciones en sede administrativa.
Estas breves notas tienen pretensiones altamente modestas: simplemente
poner sobre la discusión un par de problemas con los que la aplicación
todos, García Cavero, Derecho penal económico. Parte General (2ª ed.), Grijley, Lima 2007,
pp. 3-19.
2 Sobre este asunto vid. Alcalde Rodríguez, Uso de información privilegiada: algunas consi-
deraciones sobre el sentido y alcance de la prohibición en relación con su sujeto, objeto y
sanción, en RChD, 27, Nº1 (2000), pp. 11-28; Rosas Oliva, El delito de abuso de información
privilegiada en el mercado de valores: Análisis crítico de la regulación contenida en la Ley
Nº 18045, en Gaceta Jurídica Nº 299 (2005), pp. 7-24; Stipp Amador, El delito de abuso
de información privilegiada en el mercado de valores en el anteproyecto del nuevo Código
penal chileno. Especial referencia al bien jurídico protegido, en Balmaceda Hoyos (coord.),
Problemas actuales de Derecho penal, Ediciones Jurídicas de Santiago, Santiago 2007,
pp. 349-391.
3 En parte, lo mismo ha ocurrido con las sanciones administrativas dispuestas al efecto y
varios actores del sistema han manifestado su sorpresa por el supuesto cambio de criterios
de la SVS en la aplicación de su potestad sancionadora gubernativa. Sin perjuicio de ello, es
probable que el órgano administrativo ya haya otorgado luces respecto de sus criterios de
sanción, cosa que –cuando menos en lo que respecta a sanciones criminales– no ha hecho
la Corte Suprema por falta de pronunciamiento sobre el asunto.

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