Principios constitucionales - Núm. 62, Mayo 2021 - Serie Informe Legislativo - Libros y Revistas - VLEX 868389809

Principios constitucionales

AutorNatalia Gonzalez B.
CargoAbogada de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Máster en Derecho (LLM) de la Universidad de Chicago, becaria Fulbright, CONICYT y de la Universidad de Chicago. Actualmente se desempeña como Directora de Asuntos Jurídicos y Legislativos de Lyd
Páginas12-13
12
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serie informe legislativo 62
Como ideas fundantes y mandatos de opti-
mización, los principios pueden encontrar-
se en los textos constitucionales, ya sea ex-
plícita o implícitamente, esto último a partir
del trabajo de interpretación que de su tex-
to hacen los tribunales llamados a aplicarlo,
los académicos y la doctrina en general, así
como también la sociedad a partir de la lec-
tura y vivencia de la norma en la práctica.
En general, los principios ilustran y sirven
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para interpretar el sentido de las normas y
también como criterios rectores en la crea-
ción de las leyes.
Nuestra Constitución es rica en principios.
En el capítulo primero, sobre Bases de la
Institucionalidad, encontramos los princi-
pios fundantes de nuestro marco jurídico en
general (sin perjuicio de diversos otros prin-
cipios que, amparados en estos, se consa-
gran a lo largo del texto constitucional).
El primero de dichos principios es el de la
-
tro del orden constitucional, el fundamen-
  
comunidad política es la persona humana.
Los conceptos de bien común y de autono-
mía de los cuerpos intermedios de la socie-
dad de que trata el capítulo primero de la
Constitución se relacionan íntimamente con
el reconocimiento de que la persona es el
centro de la sociedad, de lo cual también
deriva el reconocimiento implícito del prin-
cipio de subsidiariedad. Nuestra Constitu-
ción establece un concepto de bien común
en su artículo primero inciso cuarto. Dicho
       
compete al Estado, que es la promoción del
bien común y señala que es el «conjunto de
condiciones sociales que permitan a todos
y a cada uno de los integrantes de la comu-
nidad nacional su mayor realización y mate-

la consecuencia natural del deber de servir
a la persona que tiene el Estado.
También nuestra Constitución reconoce el
principio democrático, bajo el cual nuestra
nación está organizada como una república
democrática, y en el que la soberanía reside
en la nación toda, y que la decisión de quie-
nes serán los gobernantes se ejerce por la
ciudadanía en elecciones libres y por medio
del sufragio universal. El principio demo-
 -
ción de los poderes del Estado. Asimismo,
la Carta Fundamental reconoce y plasma el
principio de supremacía constitucional en
que toda ley, reglamento y norma de rango
inferior debe ajustarse y ser conforme a la
Constitución, asegurando el respeto de los
legisladores y reguladores por los principios
y normas más importantes que la sociedad
se impone; el principio de igualdad bajo el
cual todas las personas nacen libres e igua-
     
que no es posible hacer diferencias de tra-
to basadas en criterios arbitrarios o injusti-
     
busca equiparar las oportunidades e incluir
Principios constitucionales

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