Principio de la existencia de las personas naturales - 1ª Parte. Personas naturales - Personas - Libros y Revistas - VLEX 878457379

Principio de la existencia de las personas naturales

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Páginas9-11

Page 9

4 .- CONCEPTO.

El art.74 del Código Civil, dice: "La EXISTENCIA LEGAL de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre.

La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás".

Debemos en primer lugar, distinguir entre la existencia legal y la existencia natural de las personas.

Según el art.74 del Código Civil: "La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre".

La EXISTENCIA NATURAL de las personas comienza con la concepción, o sea, el momento en que se unen las células sexuales masculina y femenina, y llega hasta el nacimiento, que marca el comienzo o inicio de la existencia legal.

Para que el nacimiento signifique el principio de la existencia legal deben cumplirse una serie de requisitos:

Dice el art.74 inciso 2 del Código Civil: "La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás".

Es decir, el art.74 inciso 2 del Código Civil, establece los requisitos para que el nacimiento constituya principio de existencia.

De esta manera, cuando hay nacimiento, o sea, cuando la criatura es expulsada del vientre materno, pero esta perece antes de estar separada del cuerpo de su madre, no hay existencia legal. O bien, fue expulsado del vientre, pero no sobrevivió a la separación un momento siquiera, tampoco ese nacimiento constituye principio de existencia.

Page 10

5 .- REQUISITOS DEL NACIMIENTO.

A contrario sensu, para que el nacimiento constituya principio de existencia legal tiene que tener los siguientes requisitos:

  1. - Que el niño sea separado de su madre. El desprendimiento del feto del claustro materno puede obedecer natural o artificialmente por medios quirúrgicos. Es indiferente la ley a una forma u otra, pues al respecto no hace distinción alguna.

  2. - Que la criatura esta completamente separado del vientre materno. Ante esto hay dos alternativas de cuando se entiende que esta criatura esta completamente separada del vientre materno:

    1. Hay separación completa cuando se corto el cordón umbilical; y

    2. Hay separación completa cuando la criatura salió del vientre materno, aun cuando no este cercenado el cordón umbilical, ya que exige...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR