Principio de la existencia de las personas naturales
Autor | Eric Andrés Chávez Chávez |
Cargo del Autor | Abogado |
Páginas | 9-11 |
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4 .- CONCEPTO.
El art.74 del Código Civil, dice: "La EXISTENCIA LEGAL de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre.
La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás".
Debemos en primer lugar, distinguir entre la existencia legal y la existencia natural de las personas.
Según el art.74 del Código Civil: "La existencia legal de toda persona principia al nacer, esto es, al separarse completamente de su madre".
La EXISTENCIA NATURAL de las personas comienza con la concepción, o sea, el momento en que se unen las células sexuales masculina y femenina, y llega hasta el nacimiento, que marca el comienzo o inicio de la existencia legal.
Para que el nacimiento signifique el principio de la existencia legal deben cumplirse una serie de requisitos:
Dice el art.74 inciso 2 del Código Civil: "La criatura que muere en el vientre materno, o que perece antes de estar completamente separada de su madre, o que no haya sobrevivido a la separación un momento siquiera, se reputará no haber existido jamás".
Es decir, el art.74 inciso 2 del Código Civil, establece los requisitos para que el nacimiento constituya principio de existencia.
De esta manera, cuando hay nacimiento, o sea, cuando la criatura es expulsada del vientre materno, pero esta perece antes de estar separada del cuerpo de su madre, no hay existencia legal. O bien, fue expulsado del vientre, pero no sobrevivió a la separación un momento siquiera, tampoco ese nacimiento constituye principio de existencia.
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5 .- REQUISITOS DEL NACIMIENTO.
A contrario sensu, para que el nacimiento constituya principio de existencia legal tiene que tener los siguientes requisitos:
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- Que el niño sea separado de su madre. El desprendimiento del feto del claustro materno puede obedecer natural o artificialmente por medios quirúrgicos. Es indiferente la ley a una forma u otra, pues al respecto no hace distinción alguna.
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- Que la criatura esta completamente separado del vientre materno. Ante esto hay dos alternativas de cuando se entiende que esta criatura esta completamente separada del vientre materno:
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Hay separación completa cuando se corto el cordón umbilical; y
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Hay separación completa cuando la criatura salió del vientre materno, aun cuando no este cercenado el cordón umbilical, ya que exige...
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