Primer grupo. Delitos contra el individuo en sus condiciones físicas
Autor | Eric Andrés Chávez Chávez |
Cargo del Autor | Abogado |
Páginas | 29-181 |
Derecho Penal Parte Especial
29
PRIMER GRUPO
DELITOS CONTRA EL INDIVIDUO
1.- DELITOS DE DAÑO
1ª Sección
DELITOS CONTRA LA VIDA
BIENES JURÍDICOS PROTEGIDOS EN ESTOS DELITOS
Del Epígrafe del Título VIII, Libro II del Código Penal, que fun-
damentalmente trata de éstos como: "DELITOS CONTRA LAS
PERSONAS", aparece que éste es el objeto de la protección, pero LA
PERSONA es el Sujeto del Derecho, el titular de todos los intereses
jurídicos que se protegen, por lo que el Código no se refiere al bien
jurídico mismo sino al TITULAR DEL BIEN JURÍDICO y a un atribu-
to de ella: la Personalidad. Por ello es posible distinguir en este
Título dos grandes grupos de delitos nítidamente diferenciados:
- Los que dicen relación con la Personalidad Física (Vida, in-
tegridad corporal y salud individual); y
- Los que afectan a su personalidad moral (Honor).
Al primer grupo pertenecen el homicidio, las lesiones, el abor-
to, el duelo, etc.; y al segundo grupo, la calumnia y la injuria.-
La personalidad, está referida a un atributo del individuo, in-
separable de su existencia misma, sin los cuales deja de ser persona o
sufre un grave menoscabo.
La variedad de los bienes jurídicos que protege este Título del
Código Penal, hace técnicamente imposible englobarlos bajo un de-
nominador común, por lo que se estudiaran separadamente.
Un doble interés justifica las figuras delictivas que protegen la
vida humana, su existencia física: la inviolabilidad de LA VIDA,
BIEN SUPREMO DE CADA INDIVIDUO, y el interés demográfico
del Estado en conservar la vida de sus habitantes.
I.- EL HOMICIDIO
Dentro de este Párrafo el Código Penal, se ocupa de las diversas
modalidades que presenta este tipo legal y las enumera en orden de-
creciente de gravedad: Parricidio, Homicidio Calificado o Asesinato,
Derecho Penal Parte Especial
30
etc. Lo adecuado sería empezar como lo haremos: por el tipo que
constituye el género: EL HOMICIDIO SIMPLE, para continuar con
sus diferentes especies, agravadas o no.
Entre estas figuras, todos comprenden el homicidio en riña o
pelea, que será siempre homicidio simple, calificado o parricidio, de
penalización frente a una situación procesal de incertidumbre.
Algunos también incluyen el cuasihomicidio o cuasidelito de
homicidio, que tampoco es una figura distinta sino una forma culpo-
sa de homicidio simple.
También, se incluye la cooperación al suicidio, que no es típi-
camente un homicidio. Y en Párrafo separado se trata del
INFANTICIDIO, que SI es figura derivada del homicidio. En cambio,
tratándose de los delitos contra la vida, excluye el ABORTO que en
el Código Español de 1848 aparecía entre los delitos contra las perso-
nas y ahora lo ubica en las figuras contra el Orden de las Familias y la
Moralidad Pública, por seguir el sistema del Código Belga o por la
especie humana cualquiera sea su edad...".
1) EL HOMICIDIO SIMPLE (Art.391 inciso 1 C.P.).-
plea los nombres de homicidio simple y homicidio calificado, ter-
minología universalmente aceptada; tampoco lo define, limitándose a
describir la acción típica que lo configura.
El Homicidio Simple es la menos compleja de las figuras de
Homicidio y el art.391 Nº2 dice que lo comete: "El que mate a OTRO
y no esté comprendido en los artículos 390, 390 bis y 390 ter”. P or
lo que se comete homicidio simple el que mata a otro sin que ello
constituya parricidio, ni femicidio (simple), ni femicidio de gé-
nero, ni homicidio calificado, aunque para que la hipótesis quede
completa habría que agregar que, tampoco constituya infanticidio
(Art.390, 391 Nº1 y 394 C.P.). Así, homicidio simple es:
a) Matar a OTRO, no concurriendo las circunstancias
constitutivas del parricidio, ni femicidio, ni femicidio de género,
homicidio calificado o infanticidio (Alfredo Etcheberry); y
b) Consiste en "matar voluntariamente a otro" (Gustavo
Labatut Glena).
Derecho Penal Parte Especial
31
No es técnicamente exacto decir sólo que homicidio simple es
"MATAR A OTRO", que más bien es el TIPO HOMICIDIO, el es-
quema rector común a todas estas figuras, en su aspecto positivo;
siendo necesario integrarla con los aspectos negativos: ausencia de
las circunstancias propias de otras figuras. Aquella fórmula es conside-
rada muy escueta, por lo que han querido complementarla:
- Carrara: Homicidio: "Es la destrucción del hombre injustamen-
te cometida por otro hombre" (así, excluye el homicidio justificado por
Legítima Defensa o Caso Fortuito); y
- Cuello Calón: Homicidio es: "La muerte de un hombre volun-
tariamente causada por otro hombre".
La verdad es que las referencias a la "Ilicitud" y "Culpabilidad"
(voluntariamente), resultan superfluas porque son propias de todo
delito. La fórmula MATAR A OTRO indica claramente que la acción
es dar muerte; que el Sujeto Activo, es un hombre; y que el Sujeto
Pasivo, es otro hombre. Evidentemente se trata de una acción
humana, antijurídica y culpable.
TIPICIDAD DE LA FIGURA
En la fórmula matar a otro pueden distinguirse tres aspectos:
Verbo Rector, Sujeto Activo y Sujeto Pasivo.
A) VERBO RECTOR: "MATAR", o sea, causar la muerte, quitar
o privar de la vida a otra persona, por acción u omisión. Por tanto se
trata de un Delito de Resultado Material.
La MUERTE es un fenómeno que para, estos efectos, esta refe-
rido a la cesación de las funciones vitales primarias del organis-
mo humano, fundamentalmente la función respiratoria y circulato-
ria, que son irreversibles. Médicamente, la muerte parece ser un pro-
ceso gradual, de velocidad variable, pero el Diagnóstico Médico Legal
se dirige a verificar la cesación de cualquiera de esas funciones, o am-
bas; no obstante que actualmente se está aplicando más el concepto de
muerte cerebral, entendida como la: "Abolición total e irreversible
sobre Trasplante y Donación de Órganos).-
La RELACIÓN DE CAUSALIDAD entre la acción u omisión y el
resultado muerte, es la propia de todos los Delitos Materiales o de Re-
sultado, por lo que no merece un tratamiento especial y será una
cuestión de hecho a determinarse en cada caso (Relación de Causa a
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba