Presentación - Núm. 2-2006, Noviembre 2006 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 42820589

Presentación

AutorHumberto Nogueira Alcalá
CargoDirector
Páginas13-15

Page 13

Estudios Constitucionales presenta su segundo número correspondiente al año 2006, con el cual cumplimos nuestro cuarto año de existencia y nuestro segundo año con dos números que corresponden al primer y segundo semestre de cada año. La Revista se encuentra ya indexada en base de datos LatindexCatálogo y Clase.

No podemos en esta presentación dejar de referirnos al episodio ocurrido a fines de agosto de 2006, en que el Tribunal Constitucional fue cuestionado por un senador como parte de los "poderes fácticos", crítica que fue adecuadamente respondida desde el mismo Senado como desde la academia.

Este año se celebró precisamente el vigésimo quinto aniversario de la creación del Tribunal Constitucional en nuestro ordenamiento jurídico por la reforma constitucional de 1970 a la Constitución de 1925. Asimismo, el Tribunal Constitucional ha iniciado una nueva etapa de su vida institucional el presente año, producto de la reforma constitucional de 2005, la cual modificó su composición y fortaleció sus competencias, las cuales ejerce con una nueva integración también inaugurada en 2006.

La reforma constitucional respecto a la integración del Tribunal Constitucional realizada por consenso del gobierno y todas las fuerzas con representación parlamentaria en el Congreso Nacional, que lo dota de mayor legitimidad política indirecta por los órganos constitucionales que participan en la determinación de Page 14 sus ministros y los requisitos que deben cumplir para asumir tal magistratura, están lejos de la descalificadora consideración de poder fáctico.

El Tribunal Constitucional constituye un elemento central y básico del Estado Constitucional Democrático contemporáneo y de nuestro ordenamiento constitucional, su misión es la defensa de la supremacía de los principios y valores constitucionales, los derechos fundamentales, la garantía de la separación de funciones y el aseguramiento de que los poderes instituidos actuarán dentro del ámbito de sus competencias y de acuerdo con los procedimientos y formalidades establecidas en la Carta Fundamental. El Tribunal Constitucional cumple la función esencial de hacer efectivo el imperio del derecho y asegurar que los órganos y agentes estatales se mantengan dentro de dicho margen, respetando la fórmula política establecida en la Ley Fundamental. No hay Estado de Derecho democrático ni Estado Constitucional sin la garantía de la defensa de la Constitución, la separación de funciones y el respeto de los...

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