Prelación, isonomía y agrupamiento de créditos en la ejecución civil - Núm. 37, Diciembre 2011 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648783833

Prelación, isonomía y agrupamiento de créditos en la ejecución civil

AutorÁlvaro Pérez Ragone
CargoProfesor de Derecho procesal civil de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Páginas437-479
P,    
    
[“Priority, Isonomy and Credit Grouping in Civil Execution”]
Á P R*1
Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
* Profesor de Derecho procesal civil de la Ponticia Universidad Católica de Val-
paraíso. Dirección postal: Ponticia Universidad Católica de Valparaíso, Facultad de
Derecho, Avda. Brasil 2950, Valparaíso, Chile. Correo electrónico: alvaro.perez@ucv.
cl Este trabajo forma parte de dos proyectos de investigación en curso: Fondecyt Nº
1111021: “Principios de la tutela ejecutiva del crédito”, como investigador principal;
y F Nº 1100530: “Hacia una nueva justicia concursal”; en ambos el autor
actúa como co-investigador.
A
¿”Conditio creditoris Pars” or “prior
in tempore potior in iure” as principles
and framework for concurrent execution
creditors in the singular? is article does
not focus on a particular positive law, but
rather aims to compare the performance
of dierent systems (and criteria) distri-
bution with concurrent civil enforcement
of creditors.The reference to both the
history of civil procedure as compared
models should help to identify the argu-
ments for and against dierent views. e
alternative explanation equality isolated
(or contribution), priority and allow
grouping founded on the principles of
background and emerging models with
inner exceptions.erefore, rather than
R
¿“Pars conditio creditoris” o “prior in
tempore potior in iure” como principios y
marco para la concurrencia de acreedores
en la ejecución singular? Este artículo no
se centra en un ordenamiento jurídico
positivo en particular, sino más bien trata
de comparar el desempeño de diferentes
sistemas (y criterios) de distribución en la
ejecución civil con concurrencia de acree-
dores. La referencia tanto a la Historia
como a modelos procesales civiles com-
parados debe contribuir a identicar los
argumentos en pro y contra de las distintas
visiones. La explicación de las alternativas
aisladas de isonomía (o contribución),
prioridad y agrupamiento permiten
plantear los principios de trasfondo y los
Revista de Derecho
de la Ponticia Universidad Católica de Valparaíso
XXXVII (Valparaíso, Chile, 2º Semestre de 2011)
[pp. 437 - 479]
Á P R438 R  D XXXVII (2º S  2011)
I. I
Un ámbito interesante para analizar los costos de transacción, con enorme
asimetría informacional y sobre todo competitividad o concurrencia imper-
fecta bien marcadas son la ejecución singular y universal. Por un lado, i) los
acreedores que concurren contra un ejecutado común pueden no conocer
totalmente la situación patrimonial del deudor, incluso la existencia misma
del concurso (pluralidad) mismo. Pero incluso ii) suponiendo un sistema
perfecto y simétrico de información la competencia por verse satisfechos
en sus respectivos créditos marcaría una diferencia relevante. Así si uno
tiene derecho a 100, otro a 50 y un tercero a 20, frente a la posibilidad real
del deudor común para pagar un total de 150, cada uno de los acreedores
es previsible que tengan interés en ser pagados antes que los otros y en su
totalidad. Pero como veremos la imperfección de la competencia podría
llevar a que incluso puedan solo ser satisfechos solo dos de aquellos. ¿ué
reglas serían las óptimas para organizar y ordenar con cierta previsibilidad
esta competencia para mitigar su imperfección? Pues podría por ejemplo esta-
modelos emergentes con sus excepciones
internas. Por lo tanto, más que propugnar
por un principio en particular, se trata de
justicar las bondades de uno donde pri-
me la prelación combinada con los otros
según los derechos en pugna y el estado
o no de insolvencia del deudor común.
Parece ser que el reconocimiento de la
libertad y responsabilidad (en denitiva
el juego de la autonomía de la voluntad)
para exigir ejecutivamente la tutela de un
crédito no se corresponde con la igualdad
articial de trato y contribución-asunción
de pérdidas y benecios conjuntamente
con otros acreedores. Las razones de
justicia para optar por un modelo frente
a otro son el centro de atención en esta
investigación.
P 
Prelación – Concurso de acreedores
– Insolvencia.
advocating a particular principle, it is
justied where the benets of a prime
priority as combined with other com-
peting rights and the state or common
debtor’s insolvency.It seems that the
recognition of freedom and responsibility
(ultimately the game of autonomy) to
require executive-protection of a credit
does not correspond to equal treatment
and articial-contribution of losses and
benets together with other creditors.
e reasons for Justice to choose a model
over another are the focus of attention in
this research.
K
Priority- Creditors concurrence- In-
solvency (personal-corporate).
[R el 2 de noviembre y  el 12 de diciembre de 2011].
439
P,         
blecerse que todos los acreedores son iguales y por ende al menos legalmente
tendríamos una cción de competencia perfecta donde cualquiera de nues-
tros acreedores en cualquier momento y condiciones podría ver satisfecho
al menos un porcentaje de su crédito según su cantidad comparativa con la
de los otros. El prorrateo en nuestro caso debiera otorgar mayor porcentaje
al acreedor de 100 que al de 20. Podríamos incluso operar con la hipótesis
de iii) una competencia perfecta, pero entonces habría que indagar sobre
los costos que generaría. Ya con una propuesta como la ofrecida en ii) hay
pérdida para cada uno de los acreedores ya que ninguno recibiría el 100% de
lo que reclama. Pero incluso suponiendo que este costo resultara irrelevante
para aquellos, tendríamos un deudor ejecutado que quedaría sin posibilidad
alguna de pago futuro ya que solo disponía de 150 y volver a esa situación
patrimonial podría llevar su tiempo, incluso descartando que hasta entonces
surjan nuevos acreedores1.
En nuestro ejemplo, pero del mundo real debiéramos además considerar
a lo imperfecto del mercado, la conducta racionalmente estratégica de los
sujetos interesados intervinientes encontrándonos con un dilema del pri-
sionero o un verdadero laberinto (de acreedores) como calicaba ya a esta
situación uno de los primeros estudiosos del fenómeno en el siglo XVIII2)
difícil de ser abordado y resuelto a costo cero. Sí se podría al menos señalar
márgenes de conductas cooperativas o competitivas que generen costos
cero, negativo o positivo y así preveerse cierta maximización de benecios
con disminución de costos3. En todo caso no pretendo más que exponer
1 Para un detalle explicativo y descriptivo sobre la imperfección del mercado en
tanto asimetría de información, competencia imperfecta y los costos de transacción,
puede verse: C, Daniel - G, Peter, Principles of Law & Economics (2ª
edición, New York, Wolster Kluwer, 2011), pp. 10-25; S, Steven, Foundation
of Economic Analysis of Law (Cambridge, Harvard U. P., 2004), pp. 1-5.
2 El término es tomado de S  S, Francisco, Labyrinthus credi-
torum concurrentium ad litem per debitorem communen inter ilios causata (Fratrum de
Tournes, 1757), II, esp. cap. 1°, pp. 306-312 (digitalizado por la biblioteca de Catalu-
nya) quien considero arribó a un primer intento sistematizador de procedimientos tra-
bajando con pluralidad de acreedores y deudor insolvente sentando las bases del Dere-
cho de la insolvencia y su procedimiento. Para un estudio profundizado de los alcances
contemporáneos de la obra de Salgado puede verse: F, Wolfgang, Konkurs als
Véase: fahren: Francisco Salgado de Somoza in der Geschichte des Insolenzrechts (Köln
- Weimar, Böhlau 2009), pp. 295 ss.
3 Un estudio introductorio al análisis que propongo puede verse en: C, Daniel
- G, Peter, Institutions Matter! Why the Herder Problem Is not a Prisioner´s
Dilemma, en eory & Decision, 69 (2010) 2, pp. 219-225; véase en especial para lo
vinculado a la conducta y acciones estratégicas colectivas: B, Douglas - G,
Robert - P, Randal, Game eory and the Law (Massachuset , Harvard U. Press,
1998), pp. 191-217.

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