La precariedad del contencioso ambiental - Núm. 24-3, Diciembre 2018 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 754960365

La precariedad del contencioso ambiental

AutorPablo Méndez
CargoLicenciado en Derecho, Universidad de Valparaíso (Chile)
Páginas525-552
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La precariedad del contencioso ambiental
THE ENVIRONMENTAL JUDICIAL REVIEW PROCEDURES PRECARIOUSNESS
1PABLO MÉNDEZ*
RESUMEN
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“sumarísimo”, cuya precariedad genera dos consecuencias negativas: limita tanto el
contradictorio de las partes en el juicio como las facultades revisoras del tribunal ambiental.
Esto último, pese a ser un tribunal altamente especializado.
ABSTRACT
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summary trial, which precariousness generates two negative consequences. First, it limits the
adversarial system. Second, it limits the environmental court’s power to review, even though
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PALABRAS CLAVE
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KEY WORDS
Environmental courts, review of agency actions, administrative justice, judicial review
Introducción
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trativo para el conocimiento de la impugnación judicial de actos de contenido
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la fecha, este procedimiento ha sido utilizado por los particulares, la mayor
* Licenciado en Derecho, Universidad de Valparaíso (Chile). Master en Derecho, New York
University(Estados Unidos). Profesor del Departamento de Derecho Económico y Tributario, Escuela
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borrador previo de este trabajo.
Una versión temprana y distinta de los argumentos aquí expuestos, fue presentada en la Comisión
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Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso. Estoy en deuda con los profesores Drs. Jorge
Bermúdez, Carlos Dorn, Ramón Domínguez y Juan Carlos Ferrada con sus interesantes comentarios
a aquella versión.
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La precariedad del contencioso ambiental
Pablo Méndez
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ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN / RESEARCH ARTICLES PABLO MÉNDEZ
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parte de las veces, en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente y
del Servicio de Evaluación Ambiental.
En este escenario, una pregunta importante es qué tan eficientes son las
reglas de procedimiento establecidas en dicha ley, al ser analizadas a la luz de
(i) los derechos de las partes procesales y (ii) las características de los tribunales
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pregunta es pertinente pues las reglas de procedimiento no solo constituyen
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administrativo2. Ellas, además, influyen en la forma en que el juez se impone
del asunto que las partes han sometido a su conocimiento. Bajo este prisma,
dichas reglas importan porque impactan en la manera en que el órgano juris
diccional ejerce su función.
Este trabajo viene a llenar un actual vacío en la literatura académica sobre
la revisión judicial en materia administrativa especializada en nuestro país.
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nos generales; otros tantos han puesto la atención en las características del
órgano revisor4. Algunos se han focalizado en la relación existente entre las
características institucionales de dichos órganos y sus facultades revisoras.
Sin embargo, actualmente no hay trabajo alguno que se encargue de analizar

procesales y a la labor revisora que realiza un órgano jurisdiccional de esta
naturaleza.
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(i) ellas consagran una tramitación sumarísima –similar a la existente para la
acción constitucional de protección– que carece de un contradictorio adecua
do entre las partes, impide la depuración de vicios procesales previo a conocer
el fondo del asunto, opera sobre la idea de que el órgano revisor realiza una
Se habían presentado en total doscientas treinta y dos reclamaciones ante los tres tribunales
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perintendencia del Medio Ambiente; mientras que, en otro menor número de casos, el organismo
reclamado es el Servicio de Evaluación Ambiental. TRIBUNAL AMBIENTAL DE SANTIAGO (2018); TRIBUNAL
AMBIENTAL DE VALDIVIA (2018), y TRIBUNAL AMBIENTAL DE ANTOFAGASTA
2 Fue Lon Fuller quien sostuvo que la adjudicación descansa sobre la esencia de otorgar a las
partes una particular forma de participación en la decisión judicial a través de presentar pruebas y
argumentos razonados para una decisión en su favor. FULLER
Por ejemplo, BORDALÍ y FERRADA 
4 A modo meramente ejemplar, BOETTIGER
Por ejemplo, TAPIA y CORDERO
Revista Ius et Praxis, Año 24, Nº 3
2018, pp. 525 - 552

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