Práctica Forense N°47.- Alimentos. Imputación al pago - Práctica forense. Juzgados de Familia. Tomo I - Contratos - VLEX 844845348

Práctica Forense N°47.- Alimentos. Imputación al pago

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aJunio 2020

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LO PRINCIPAL: Imputación de gastos al pago de la pensión. OTROSÍ: Acompaña documentos.

Señor Juez Familia

................, en Cuaderno de Cumplimiento, en causa RIT ...., a Usía, digo:

Que, vengo en solicitar a Vuestra Señoría, se imputen los siguientes gastos a la pensión de alimentos, en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

I.- LOS HECHOS

a) Que, se adquirieron los siguientes gastos útiles extraordinarios a favor del menor:

Page 259

  1. - Compra de..................

  2. - Compra de.............

b) Que, tales compras se acreditan mediante las respectivas facturas nominativas que demuestran que fueron en directo beneficio de ellos.

II.- EL DERECHO

a) Que, la Ley 14.908, art.9 inciso 1 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, dice:

"El juez podrá decretar o aprobar que se imputen al pago de la pensión, parcial o totalmente, los gastos útiles o extraordinarios que efectúe el alimentante para satisfacer necesidades permanentes de educación, salud o vivienda del alimentario".

b) Que, en mérito del art.158 del Código de Procedimiento Civil, deberá dictar una sentencia interlocutoria que así lo declare ordenándose se descuente de la liquidación efectuada.

ES POR ESTO:

En mérito de lo expuesto y dispuesto en el art.158 del Código de Procedimiento Civil, art.9 inciso 1 de la Ley 14.908, sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, Tratados Internacionales ratificados y aprobados por Chile; y art.5 inciso 2 de la Constitución Política de la República.

PIDO A USÍA:

Decretar o aprobar que se...

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