Práctica Forense N°1.- Objeta liquidación. Formulario - Práctica forense. Juzgados de Familia. Tomo I - Contratos - VLEX 862125591

Práctica Forense N°1.- Objeta liquidación. Formulario

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aMarzo 2021

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LO PRINCIPAL: Objeta liquidación. OTROSÍ: Acompaña documento.

Señor Juez Familia

................., abogado, por la parte demandada en Procedimiento de Cumplimiento sobre Compensación Económica, caratulado ".............", en causa RIT –......., a Usía, digo:

Que, vengo en objetar la liquidación, de fecha........... y notificada con fecha.................., en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer:

I.- Los Hechos

a) Que, con fecha ............. se notifica la liquidación de la compensación económica.

b) Que, dicha liquidación de la compensación económica, se efectuó con fecha.................

c) Que, se considero para la liquidación la última actualización de la libreta de fecha................

II.- El Derecho

a) Que, mi mandante siempre ha cumplido con el pago de la compensación económica, para evitar problemas con su ex mujer, quien es conflictiva y reticente a las resoluciones judiciales.

b) Que, tanto es así que mi cliente............., nada debe de los $............que salen de la liquidación en su contra.

  1. Que, para demostrar tales hechos efectivamente más allá de toda duda razonable se acreditó mediante:

c.1.- Consignación efectuada al Juzgado en la libreta con fecha........, por la suma de $..........

c.2.- Consignación efectuada con fecha.............. en la cuenta, dada por la demandante a mi cliente para su depósito ordenada aperturar en su oportunidad ................por la suma de $.........

c.3.- Consignación efectuada en la misma cuenta de $............ como lo da cuenta la presentación de la ex mujer de mi cliente, con fecha............, donde ella expresamente reconoce a la fecha este hecho, así, el

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demandado............, NADA DEBE, esta al día en el pago de su compensación económica.

d) Que, se hace presente también que la demandante no ha acompañado libreta íntegra y legible, ni actualizada, por lo que la liquidación, no representa la realidad, ni es acuciosa en su elaboración.

POR LO CUAL:

En mérito de lo expuesto y dispuesto en la Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia; y Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.

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