Práctica Forense N° 7.- Contrato. Transporte. Carga. Formato - 2ª PARTE. Derecho transporte - Práctica Forense. Derecho Comercial. Segunda Edición 2021. Tomo I - Contratos - VLEX 878324379

Práctica Forense N° 7.- Contrato. Transporte. Carga. Formato

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aNoviembre 2021

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Comparece _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ representada por_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ mayor y vecino de la ciudad de_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , en adelante denominada "La Transportista" y por la otra, la sociedad _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , domiciliada en la ciudad de _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ representada por_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ mayor y vecino de la ciudad de_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ , en adelante denominada "La Cargadora"; se celebra el presente contrato de transporte terrestre de carga, regido por las siguientes cláusulas:

PRIMERA: La Transportista se obliga a transportar toda carga que en cajas cerradas le entregue la Cargadora durante toda la vigencia del presente contrato que será desde el día _ _ _ _ _ del mes _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ del _ _ _ _ _ _ hasta el día _ _ _ _ _ del mes _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ del _ _ _ _ _ _ , ya sea por vehículo completo o carga fraccionada, con la totalidad o parte de su parque móvil.

SEGUNDA: En todo lo que no está supletoriamente modificado por la voluntad de las partes, regirán en lo pertinente las normas establecidas en Código de Comercio y demás normas vigentes en la materia.

TERCERA: Es obligación de la Cargadora enviar por medio de la Transportista toda carga que va a despachar entre las localidades que se contratan por el presente documento.

CUARTA: Será obligación de la Transportista, el transporte de las cargas e n tre gadas por la Cargadora a los siguientes destinos:

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_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ (m encionar los destinos).

QUINTA: La Cargadora deberá entregar la carga en el depósito de la Transportista, salvo que se trate de carga de vehículo completo, en cuyo caso podrá solicitar el vehículo a domicilio, dentro del horario que fije la Transportista, y supeditado a las reglamentaciones vigentes para circulación, carga y descarga, quedando expresamente aclarado que en este caso el estibaje será realizado por _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ .

SEXTA: Las cajas que no estén perfectamente cerradas, embaladas, y precintadas, podrán rechazarse, o facultativamente para la Transportista, despacharse bajo constancia.

SÉPTIMA: Es obligación de la Cargadora preavisar con una anticipación de _ _ _ _ _ _ _ _ días, cuando la carga que fuere a entregar supere las _ _ _ _ _ _ _ toneladas o los _ _ _ _ _ _ _ metros cúbicos.

OCTAVA: En los destinos donde la Transportista no contare con instalaciones, la entrega se hará a domicilio, hasta...

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