Práctica Forense N° 60.- Contratos mercantiles. Leasing. Maquinaria - 1ª PARTE. Contratos comerciales - Práctica Forense. Derecho Comercial. Segunda Edición 2021. Tomo I - Contratos - VLEX 878324339

Práctica Forense N° 60.- Contratos mercantiles. Leasing. Maquinaria

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Cargo del AutorAbogado
Actualizado aNoviembre 2021

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Comparece la sociedad ..................., en adelante, también, "el

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arrendador", empresa del giro de su denominación, representada por don ......................, ambos de este domicilio, calle ...................... Nº....... Piso ....., por una parte; y, por la otra, en calidad de "arrendatario", la sociedad "................", del giro de ................, RUT ...................., representada por don ........................ cédula nacional de identidad Nº .................. los dos con domicilio en la ciudad de..............., calle ...................... Nº ........ convienen en celebrar el siguiente contrato de arrendamiento, en la forma especial de leasing:

PRIMERO. ..............., es dueña de la maquinaria industrial que se individualiza a continuación: .................

Estos bienes se encuentran libres de gravámenes, prohibiciones, embargos o condiciones resolutorias pendientes.

SEGUNDO. Dicha empresa da en arrendamiento al arrendatario, quien acepta para sí, el (los) bien(es) individualizado(s) en la cláusula anterior, en régimen de leasing, por el plazo de ....... meses contado desde esta fecha.

TERCERO. La renta de arrendamiento es el equivalente, en moneda nacional, a ............... Unidades de Fomento (.............. UF) por cada mes calendario, cantidad que deberá ser incrementada con la suma que corresponda por Impuesto al Valor Agregado, o cualquier otro que se establezca en el futuro y que puede afectar a tales rentas.

Si dejare de existir el concepto de Unidad de Fomento, o la misma se modificare de un modo que su variación fuese por períodos superiores a treinta días, la siguiente renta será igual a la última renta pagada bajo el régimen de la Unidad de Fomento reajustada en un porcentaje igual a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor que determine el Instituto Nacional de Estadísticas, o el

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organismo que haga sus veces, entre el último día del mes anterior a la última renta pactada bajo el régimen de Unidad de Fomento y el último día anterior a aquél que corresponda a la mensualidad que deba pagarse. Las siguientes rentas, en ese caso, se calcularán reajustando la última renta que se pagó o que debió ser pagada en el mes anterior, con la variación que experimente el referido Índice de Precios al Consumidor entre el último día del mes anterior al mes en que se pagó o que debió ser pagada esa renta y el último día del mes anterior a aquél cuyo pago corresponda.

En el presente acto, la arrendataria paga anticipadamente a la arrendadora, quien la recibe en dinero en efectivo y a su satisfacción, la renta de arrendamiento correspondiente al primer período mensual de arrendamiento. Las restantes rentas de arrendamiento deberán ser pagadas anticipadamente el día ..... de cada mes o siguiente hábil si aquél no lo fuere, en el domicilio de la arrendadora; o en la oficina bancaria que ésta designe.

En el cálculo de la renta de arrendamiento, señalada en el inciso primero de esta cláusula se ha tenido en cuenta la tasa TIP promedio de captación reajustable entre ...... y ..... días, calculada en consideración a las ...... últimas publicaciones hechas por el Banco Central, con anterioridad al penúltimo día anterior a la fecha de este contrato; y con más el correspondiente encaje bancario vigente a ese mismo día. En razón de ello, se conviene que el monto de la renta se revisará cada ........ mensualidades contadas desde esta fecha y hasta el término del contrato, de tal modo que las variaciones que se produzcan, tanto en la tasa TIP referida, como en el encaje bancario, determinarán una modificación de la renta conforme al sistema que se señala a continuación:

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  1. Para determinar la renta mensual del siguiente trimestre, y así sucesivamente, se compararán las variables referidas de tasa TIP y encaje, entre las vigentes en el penúltimo día del trimestre anterior y esas mismas variables según su estado el penúltimo día del mes anterior a aquél en que deba empezar a regir la nueva renta mensual. En la determinación de las tasas TIP que deben compararse, se considerarán los promedios calculados en la forma indicada más arriba, y en lo que respecta al encaje bancario, éste será el vigente en los días de base para la comparación referida.

  2. Para el cálculo referido se considerará la tasa que corresponda, con un decimal. Sin embargo, la tasa subirá al decimal siguiente si el segundo es igual o mayor que 5,0; o se mantendrá en el primer decimal si el segundo es igual o menor a 4.

  3. Por cada ..... puntos de diferencia de la tasa TIP referida, más encaje bancario entre cada una de las fechas consideradas para el cálculo, según lo señalado en la letra a) que antecede, la renta mensual de arrendamiento variará, en el próximo trimestre, en ........%.

  4. Si la variación de la tasa es ascendente, por ser superior la correspondiente, a la del penúltimo día del trimestre que concluye, en comparación con la del penúltimo día del trimestre anterior, la nueva renta se calculará agregando una unidad al factor correspondiente señalado en la letra anterior y multiplicado por la renta mensual vigente en el mismo trimestre que...

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