Práctica forense Nº 17.- Posesión efectiva. Causante fallecido extranjero. Formulario
Autor | Eric Andrés Chávez Chávez |
Cargo del Autor | Abogado |
Actualizado a | Noviembre 2021 |
Page 126
Procedimiento: Voluntario.
Materia: Posesión efectiva herencia causante fallecido extranjero.
Peticionario:
Rut:
Abogado patrocinante:
Rut:
Causante:
Rut:
EN LO PRINCIPAL: Concédase la posesión efectiva de la herencia de causante fallecido en el extranjero. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos en forma legal, solicitándose desde ya su oportuna devolución una vez afinada la gestión; SEGUNDO OTROSÍ:
Page 127
Acompaña inventario; TERCER OTROSÍ: Se ordene oficiar al Registro Civil e Identificación en su oportunidad; CUARTO OTROSÍ: Publicaciones; y QUINTO OTROSI: Patrocinio y poder.
Señor Juez Letras
................, domiciliada en la ciudad de................, a Usía, digo:
Que, consta del certificado de defunción que acompaño en otrosí, que con fecha..........., falleció en la República de............, mi padre do..................., casado, además, consta del certificado de defunción que acompaño en otrosí, que con fecha..........., falleció en la República......, mi madre doña .................., viuda, ambos certificados debidamente legalizados ante el Cónsul chileno en la República...
Del matrimonio de nuestros padres, nacieron los siguientes hijos:..............................................................................................
Hago presente a Ssa., que esta posesión se tramita en sede civil por aplicación del art.1 inciso 2 de la Ley 19.903, en relación al art.149 del Código Orgánico de Tribunales, que dice: "Cuando una sucesión se abra en el extranjero y comprenda bienes situados dentro del territorio chileno, la posesión efectiva de la herencia deberá pedirse en el lugar en que tuvo el causante su último domicilio en Chile, o en el domicilio del que la pida si aquél no lo hubiere tenido".
POR TANTO:
En mérito de lo expuesto y dispuesto, documentos acompañados, y en virtud de lo dispuesto en el Libro III, Título II, arts.980 y Ss., del Código Civil y art.254 del Código de Procedimiento Civil y art.149 del Código Orgánico de Tribunales.
Page 128
PIDO A USIA:
Decrete conceder, la posesión efectiva de nuestros padres fallecidos en el extranjero en la República............................., a sus hijos:....................................
PRIMER OTROSI: Solicito a Usía, ordene tener por acompañados los siguientes documentos solicitándose desde ya, su oportuna devolución una vez afinada la gestión:
-
- Dos certificados de defunción, emitidos en la República .................., debidamente legalizados.
-
- Carta que...
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