Práctica Forence N° 82. Demanda. Ordinario. Nulidad contrato lesión enorme - Demanda - Normas comunes a todo procedimiento. Práctica forense - Contratos - VLEX 852186634

Práctica Forence N° 82. Demanda. Ordinario. Nulidad contrato lesión enorme

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas258-260

Page 258

Procedimiento: Ordinario Materia: Nulidad de contrato (N08) Demandante:

Abogado patrocinante:

Rut:

Demandado:

Rut:

EN LO PRINCIPAL: Demanda en juicio ordinario de rescisión por lesión enorme.

PRIMER OTROSI: Acompaña documentos; y SEGUNDO OTROSI: Téngase presente.

Señor Juez Letras

................, de profesión .........., domiciliado en la ciudad de.................... ......., a Usía, , digo:

Que, por escritura pública de fecha ..... de ..... de 20...., ante el

Notario de .........., don ...................., vendí, a don ...................., de profesión .........., domiciliado en la ciudad de ........................, el bien raíz ubicado en ......................, de la ciudad de ............., Comuna de.........., Provincia de ........., de la .... Región, inscrito, a nombre del comprador, a fs.... N°....., del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de ............, del año 19....

Sus deslindes son los siguientes:

Al Norte: ........................................

Al Sur: ..........................................

Al Oriente: ......................................; y

Page 259

Al Poniente: .....................................

El precio de venta fue la suma de $ .........., que fue pagado.

Pues bien, a la fecha de la venta, el justo precio de la propiedad vendida, era uno no inferior a $ ..........; esto es, una cantidad muy superior al doble del precio del contrato.

El vendedor sufre lesión enorme cuando el precio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa vendida, debiendo rescindirse, por ello, el contrato.

Como consecuencia de la nulidad relativa reclamada, las cosas deben ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto nulo, conforme con lo dispuesto en el artículo 1.687 del Código Civil.

De ahí, que es procedente que se me restablezca en la posesión material e inscrita del inmueble vendido, obligándose, al demandado, a restituírmelo; y cancelándose las inscripciones hechas en el Conservador de Bienes Raíces detallada más arriba.

POR TANTO:

En mérito de lo expuesto y dispuesto en los artículos 1888, 1889, 1890, 1687, 889 y siguientes del Código Civil y 253 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.

PIDO A USIA:

Decrete tener por interpuesta demanda ordinaria de nulidad relativa, en contra de don ...................., ya individualizado, y declarar:

  1. - Que se rescinde, por lesión enorme, el contrato de compraventa sobre el inmueble...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR