Práctica Forence N° 7. Opone excepción. Corrección procedimiento - Excepciones - Normas comunes a todo procedimiento. Práctica forense - Contratos - VLEX 852186687

Práctica Forence N° 7. Opone excepción. Corrección procedimiento

AutorEric Andrés Chávez Chávez
Páginas354-355

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EN LO PRINCIPAL: Opone excepción alongadera de corrección de procedimiento. OTROSI: Patrocinio y poder.

Señor Juez Letras

...............abogado, por la demandada, en Procedimiento Ordinario, sobre .............., caratulados ".........", en causa rol......., a Usía, digo:

Que, he sido notificada de la demanda de autos, interpuesta por.............., domiciliada en la ciudad de................interponiéndose la excepción del art.303 Nº6 del Código de Procedimiento Civil, que dice: "En general, las que se refieren a la corrección del procedimiento sin afectar al fondo de la acción deducida", en base a los siguientes argumentos de hecho y derecho que pasamos a exponer:

(1) Que, la demandante.........., nos demanda sólo a nosotros, siendo que este libelo nos compete conjuntamente con la sucesión o comunidad a la que pertenecemos, por lo que deberá emplazarse a todos y cada uno de los herederos o comuneros.

(2) Que, según el art.40 del Código de Procedimiento Civil, dice:

En toda gestión judicial, la primera notificación a las partes o personas a quienes hayan de afectar sus resultados, deberá...

Siguiendo este precepto deberá ampliarse el libelo y emplazar a todos a quienes pueda afectar este libelo.

(3) Que, tal hecho se acredita con Certificado de Inscripción de Herencia acompañado con la contraria e inscrita en el Registro de Propiedad del año.........Conservador de Bienes Raíces de......a fs..... N°.... y que esta acompañada a fs.____de este expediente y se compone la sucesión por:

(4) Que, así dicho recordemos que las excepciones alongaderas o dilatorias son:

"Aquellas que tienen por objeto corregir los vicios de validez al momento de formarse la relación jurídica procesal" (Juan Arab Nessrralah).

Aquí no existe una relación procesal válida, la que deberá subsanarse en forma previa.

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POR LO CUAL:

En mérito de lo expuesto y dispuesto en el art.40 y 303 Nº6 del Código de Procedimiento Civil.

PIDO A USÍA:

Decrete tener por interpuesta la excepción dilatoria del art.303 Nº6 del Código de Procedimiento Civil, y declarar:

1.- Acoger la excepción en todas y cada una de sus partes;

2.- Ordenar que deberá...

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