Práctica Forence N° 41. Demanda. Ejecutiva. Entrega inmueble
Autor | Eric Andrés Chávez Chávez |
Páginas | 167-169 |
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Procedimiento: Ejecutivo Materia: Otros (O06) Demandante:
Abogado patrocinante: Rut:
Demandado:
Rut:
EN LO PRINCIPAL: Demanda en juicio ejecutivo y solicita que se despache mandamiento de ejecución y entrega.
PRIMER OTROSI: Solicita que, en conformidad con el art.443 N°3 del Código de Procedimiento Civil, no se designe depositario; SEGUNDO
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OTROSI: Acompaña documento y custodia; y TERCER OTROSI:
Patrocinio y poder.
Señor Juez Letras
...................., de profesión .........., domiciliado en la ciudad de........................, a Usía, digo:
Que, consta de la copia de escritura pública de compraventa que acompaño, de fecha .......... de .......... de 199..., ante el Notario de.........., don ...................., inscrita a fojas .......... N°....., del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de .........., correspondiente al año 19.., y de la inscripción del caso, que soy dueño y poseedor, de la propiedad situada en la comuna de .........., calle .......... N°...., departamento N°....., según deslindes y demás especificaciones que, en dicho instrumento público, se consignan.
Mi vendedor, don ...................., de profesión .........., domiciliado en ........................., se ha negado a entregarme la propiedad vendida, no obstante que, por medio de la compraventa referida, se me vendió el inmueble individualizado, no existiendo plazo pendiente para efectuar la entrega. Por consiguiente, dicho vendedor se encuentra en mora de la obligación de entregarme, materialmente, dicha propiedad, desocupándola totalmente.
Se trata, en la especie, de una obligación de dar, la entrega material de la propiedad vendida, determinada y actualmente exigible, puesto que la entrega debió hacerse el día del contrato, al no estipularse un plazo especial. (O bien: la entrega debió hacerse con fecha ..... de .......... de 19...., según se pactó en el contrato). La obligación consta de un título ejecutivo, no prescrito, que es la copia de la escritura pública auténtica que acompaño.
Por consiguiente, se dan todos los presupuestos de la ejecución forzada, que se inicia con esta demanda ejecutiva.
POR TANTO:
En mérito de lo expuesto y dispuesto con los art.1.545, 1.546, 1.548, 1.551 N°1, 1.793, 1.824, 1.826 y siguientes del Código Civil y 434 N°2 del Código de Procedimiento Civil.
PIDO A USIA:
Decrete tener por interpuesta demanda ejecutiva, por obligación de dar, en contra de don ...................., ya...
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