Decreto 198 - MODIFICA EL REGLAMENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO AUTOMÁTICO DE NAVES PESQUERAS Y DE INVESTIGACIÓN PESQUERA, D.S. Nº 139, DE 1998
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA EL REGLAMENTO DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO AUTOMÁTICO DE NAVES PESQUERAS Y DE INVESTIGACIÓN PESQUERA, D.S. Nº 139, DE 1998
Núm. 198.- Santiago, 14 de julio de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la ley Nº 19.521; los D.S. Nº 41, de 2004, y Nº 306, de 2007, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la consulta formulada al Consejo Nacional de Pesca, informada mediante carta (C.N.P.) Nº 12, de 1 de julio de 2010; las leyes Nº 10.336 y Nº 20.434; el decreto supremo Nº 139, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Considerando:
Que, la ley Nº 20.434, citada en Visto, modificó la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura, incorporando el artículo 86 ter conforme al cual se hará exigible un sistema de posicionamiento automático, a las embarcaciones que prestan servicios a los centros de cultivo, en los casos en que se hubiere dispuesto una condición sanitaria de riesgo entre zonas o agrupaciones de concesiones de acuicultura.
Que, conforme el artículo 122 letra l) de la Ley General de Pesca y Acuicultura citada en Visto, incorporado por la ley Nº 20.434, el sistema de posicionamiento exigible a las embarcaciones que prestan servicios a los centros de cultivo se someterán a las disposiciones del Título V de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
Que, por D.S. Nº 139, de 1998, citado en Visto, se estableció el Reglamento del Sistema de Posicionamiento Automático de Naves Pesqueras y de Investigación Pesquera, en virtud del Título V de la Ley General de Pesca y Acuicultura, por lo cual, corresponde modificarlo a fin de incorporar a las embarcaciones prestadoras de servicios de la acuicultura.
Decreto:
Modifícase el Reglamento del Sistema de Posicionamiento Automático de Naves Pesqueras y de Investigación Pesquera, D.S. Nº 139, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, en el sentido siguiente:
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Agrégase, en el encabezado del reglamento, a continuación de "y de Investigación Pesquera", la frase "y de las Embarcaciones Prestadoras de Servicios de la Acuicultura".
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Agrégase en el artículo 1º, luego de la frase "investigación...
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