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Decreto núm. 273, publicado el 05 de Mayo de 1959. FIJA EL PORCENTAJE QUE LOS ABOGADOS DEBEN IMPONER EN LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Rango de LeyDecreto

FIJA EL PORCENTAJE QUE LOS ABOGADOS DEBEN IMPONER EN LA CAJA DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS

Núm. 273.- Santiago, 1.o de Abril de 1959.- Vistos: El oficio número 131, de 11 de Marzo de 1959, de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social en nota número 555, de 19 del mismo mes, y lo dispuesto en la ley número 10,627,

Decreto:

Fíjase para el año 1959 en un 14% de las rentas declaradas la imposición o...

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