Resolucion núm. 287, el 14 de Enero de 2008. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.445, DE 2007, QUE REGLAMENTA ASISTENCIA A SESIONES DE COMITÉS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS - CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470304522

Resolucion núm. 287, el 14 de Enero de 2008. PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.445, DE 2007, QUE REGLAMENTA ASISTENCIA A SESIONES DE COMITÉS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN
Rango de LeyResolución

PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.445, de 2007, QUE REGLAMENTA ASISTENCIA A SESIONES DE COMITÉS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS

Núm. 287.- Santiago, 19 de octubre de 2007.- Visto:

  1. Que mediante Acuerdo Nº 2.445, de 2007, adoptado en la sesión Nº 394 de fecha 1º de agosto del mismo año, el Consejo de Corfo aprobó la incorporación de un nuevo numeral en los Reglamentos de los siguientes Comités: Comité Innova Chile, Comité Sistema de Empresas, Comité de Seguro Agrícola, Comité Consejo Nacional de Producción Limpia, Comité Centro Nacional de la Productividad y la Calidad, Comité Proindustria, Comité Fondo de Cooperación Sueco, Comité de Asignación de Fondos -CAF-, Comité de Asignación Zonal de Fondos -CAZ-, Comités Agencias Regionales de Desarrollo Productivo de las distintas regiones del país, Comité Agencia Regional de Innovación y Desarrollo Productivo de la Región del Bío Bío y Comité Programa de Promoción y Atracción de Inversiones de Alta Tecnología.

  2. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, las decisiones de los órganos administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.

  3. La ley Nº 19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma", y el decreto Nº 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que regula el uso de la firma digital y los documentos electrónicos en la Administración del Estado.

  4. Lo establecido en la ley Nº 6.640, en el decreto Nº 360, de 1945 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento General de la Corporación, la ley 19.880 y la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones, todas del mismo organismo.

    Considerando:

  5. Que las nuevas tecnologías de información y comunicaciones están revolucionando profundamente la forma como las personas e instituciones se relacionan, incrementando la calidad del trabajo realizado en una organización, favoreciendo la transparencia y el uso eficiente de los recursos.

  6. Que integrarse adecuada y oportunamente a estos cambios representa un objetivo estratégico de alto interés para el país, creándose para ello "la Comisión Nacional para las Nuevas Tecnologías de Información y Comunicación".

  7. Que la utilización de medios tecnológicos tiene cabida...

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