Polémica por tipificación de delitos sexuales en futuro Código Penal: Cómo sancionaría a 'La Manada' - 6 de Diciembre de 2018 - El Mercurio - Noticias - VLEX 748362409

Polémica por tipificación de delitos sexuales en futuro Código Penal: Cómo sancionaría a 'La Manada'

Los cambios que trae el anteproyecto del nuevo Código Penal en materia de delitos sexuales comenzaron a generar polémica entre abogados académicos de diversas universidades. Hasta ahora, la regulación vigente considera la violación como el atentado más grave del que puede ser víctima una persona dentro del catálogo de "delitos sexuales", precisamente porque la conducta sexual se lleva a cabo sin la voluntad de la agredida.El anteproyecto, en cambio, rompe con el esquema vigente y distingue entre violación mediante agresión sexual (con violencia) y violación mediante abuso sexual (abusando de la enajenación o trastorno mental de la persona afectada; aprovechándose de la privación de sentido de la persona afectada, o de la grave dificultad de la persona afectada para resistir). Con violencia, la pena puede ir de 5 a 10 años. Y con abuso, de 3 a 7 años.El tema cobra hoy actualidad cuando justo ayer el Tribunal Superior de Navarra confirmó la condena a 9 años de prisión a los cinco miembros del caso llamado "La Manada", que fueron sentenciados por abusos sexuales contra una chica de 18 años y no por violación (ver A 6).¿Y si drogan a la víctima?El abogado Gonzalo García Palominos, de la Universidad de los Andes, señala que el anteproyecto "valora como hipótesis más graves los supuestos en que la voluntad de la víctima se ha doblegado por actos de amenaza grave y agresión, por sobre aquellas en que la penetración genital se ha logrado por un defecto en la voluntad de la víctima que no hace necesario doblegarla de forma directa"."Así, en el caso de quien suministra una droga que priva de sentido a su víctima, recibiría una pena inferior que el que utiliza fuerza o amenaza. El problema es que casos como el de 'La Manada', o casos de abusos permanente que generan el 'síndrome de acomodación al abuso' en que ya no existe oposición de la víctima o no son hipótesis en que se afecte una capacidad para 'resistirse al ataque', serían resueltos de manera más benigna o serán excluidos de la penalidad a título de violación", advierte García Palominos."Protege libertad sexual en vez de integridad"Para la académica de la Universidad Católica María Elena Santibáñez, el anteproyecto, en materia de delitos sexuales, si bien establece una mejor sistematización de los mismos, vuelve atrás en una serie de materias en las que ya se había avanzado al reconocer las situaciones de víctimas especialmente vulnerables que requieren de una mayor protección. "El...

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