Decreto 1851 - PROMULGA PLANOS SECCIONALES ELABORADOS POR UNIDAD DE ASESORIA URBANA - MUNICIPALIDAD DE MACUL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242126010

Decreto 1851 - PROMULGA PLANOS SECCIONALES ELABORADOS POR UNIDAD DE ASESORIA URBANA

EmisorMUNICIPALIDAD DE MACUL
Rango de LeyDecreto

PROMULGA "PLANOS SECCIONALES" ELABORADOS POR UNIDAD DE ASESORIA URBANA

Secc. 1ª Núm. 1.851 .- Macul 16 de diciembre de 2003.- Vistos:

  1. - La necesidad de elaborar los instrumentos de planificación denominados "Planos Seccionales", con el objeto de resolver la exacta aplicación de los trazados viales dispuestos en el Plano Regulador de Ñuñoa vigente para Macul, en que para ello se requiere efectuar estos Estudios más detallados respecto de las fajas públicas;

  2. - Lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su artículo Nº 46 y en el artículo 2.1.14 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;

  3. - Lo dispuesto en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, aprobado por resolución Nº 20 del 06.10.94, en que se establece los anchos mínimos entre líneas oficiales de la Av. Quilín;

  4. - Lo dispuesto en el Seccional Froilán Roa, aprobado por decreto Ex. Nº 161 del 29.05.80, en que se define el perfil de Av. Benito Rebolledo y su continuidad en calle Las Golondrinas;

  5. - Los Estudios efectuados por la Unidad de Asesoría Urbana respecto del trazado de la faja pública de Av. Quilín en toda su extensión y la continuación de Av. Benito Rebolledo en su conexión con calle Las Golondrinas;

  6. - El oficio de Asesoría Urbana Nº 042 del 22.09.03 en que solicita al Sr. Alcalde su autorización para llevar a cabo el procedimiento dispuesto en la normativa vigente para aprobar los Planos Seccionales;

  7. - La Providencia alcaldicia de fecha 23.09.03;

  8. - El decreto Nº 1.408 de fecha 24.09.2003, que dispone la exposición a público por un período de 30 días corridos, y que se publiquen previamente 2 avisos de prensa para informar al público de la Exposición de dichos Planos Seccionales e informar del plazo de 15 días posteriores a la exposición a público, para formular las observaciones a los proyectos expuestos;

  9. - Las publicaciones de fecha 25 de septiembre y 03 de octubre de 2003, en el diario La Nación;

  10. - Los certificados de fecha 27.11.2003, de la Secretario Municipal que expresan que durante el período de exposición al público y los 15 días posteriores a dicha exposición, no se formularon observaciones a los Planos Seccionales expuestos;

  11. - El Acuerdo Nº 398/2003, tomado en Sesión Nº 87, Extraordinaria del Concejo Municipal, de fecha 02.12.2003, en que se aprueban en forma definitiva todos los antecedentes, de los siguientes Planos Seccionales:

    -"Plano Seccional Av. Quilín entre Av. Américo Vespucio y Av. Vicuña Mackenna" y

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