Peruano Mágico SpA - 24 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 897203001

Peruano Mágico SpA

Fecha de publicación24 Febrero 2022
Número de registroCVE-2091588
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.187
CVE 2091588 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.187 | Jueves 24 de Febrero de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2091588
EXTRACTO
FELIX JARA CADOT, titular de la Cuadragésima Primera Notaria De Santiago, con oficio
en calle paseo Huérfanos número 1160, subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública de
fecha 15 de Febrero de 2022, ante mí, comparecen: Don ROMEL HUMAR GERONIMO
RIVEROS, peruano, comerciante, cedula de identidad para extranjeros número catorce millones
seiscientos ochenta y tres mil sesenta y ocho guión cuatro y don ABNER PAREDES CHAVEZ,
peruano, chef, cédula de identidad para extranjeros número veintitrés millones novecientos
dieciocho mil veintisiete guión dos, ambos domiciliados en Pasaje treinta y cuatro, Block mil
setecientos cuarenta y uno, departamento doce, Comuna de Ñuñoa, mayores de edad, constituyen
Sociedad por Acciones cuyo nombre o razón social es "Peruano Mágico SpA”. La Sociedad
tendrá por objeto desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en
conjunto con otros, las siguientes actividades: A) compra venta al detalle y/o mayorista de
productos alimenticios, bebidas, alcohólicas o anhalcólicas, frutas, verduras y demás propios del
giro de un restaurant o cafetería, por cuenta propia o ajena y ; B) La construcción, instalación,
explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, casino, bar y
centro de eventos, kioskos, minimarket, confitería, cafetería, o cualquiera clase de
establecimiento público en donde se vendan productos comestibles, comidas preparadas y
bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar;
Otorgar servicios de alimentación a empresas, administración de casinos de personal; C)podrá
desarrollar y/o efectuar negocios afines, complementarios y/o conexos; D) fabricación de
alimentos; E) La explotación comercial, concesión o contratación de franquicias destinadas a la
explotación del rubro en todas sus variedades y formas, por sí o por interpósita persona; F)
Asumir representaciones por cuenta propia o de terceros de toda clase de negocio lícito que diga
relación directa o indirecta con las actividades antes señaladas, así como la ejecución de todo
tipo de actividades relacionadas con el objeto social en la actualidad o en el futuro y toda otra
actividad que los socios acuerden a futuro. El capital de la sociedad será la suma de doce
millones de pesos divididos en doscientos cuarenta acciones nominativas, de una misma y única
serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga según lo previsto en el artículo primero
transitorio de estos estatutosen la siguiente forma: ROMEL HUMAR GERONIMO RIVEROS,
sesenta y cinco por ciento del capital, ascendente a ciento cincuenta y seis acciones por un valor
de siete millones ochocientos mil pesos y don ABNER PAREDES CHAVEZ un treinta y cinco
por ciento del capital, ascendente a ochenta y cuatro acciones por un valor de cuatro millones
doscientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresado a la caja de la sociedad. Los accionistas
limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones de la sociedad
hasta el monto de sus respectivos aportes. La sociedad será administrada por un Gerente General,
don ROMEL HUMAR GERONIMO RIVEROS. El domicilio será la comuna de Recoleta,
ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que
instale en otros puntos del país o extranjero. La Sociedad comenzará a regir con esta fecha y
tendrá una duración de tres años, prorrogable automática y sucesivamente por igual plazo si los
socios no declaran antes de tres meses del vencimiento del plazo respectivo su decisión de
ponerle término. Santiago, 15 de Febrero de 2022.- Felix Jara Cadot, Notario Público Titular.

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